Cuatro financistas de Báez evitarán el juicio con una probation millonaria

Policiales14/06/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

Casación aceptó suspender el juicio a prueba para cuatro acusados por lavado, con pagos a fijar por el TOF 4 antes de cerrar el trámite judicial.

Lazaro Baez
Lazaro Baez

Cuatro financistas vinculados a Lázaro Báez no llegarán al juicio oral por un tramo de la causa conocida como Ruta del Dinero K. La Cámara Federal de Casación Penal les concedió la suspensión del juicio a prueba a Jorge Horacio Ruiz, Alex Ariel Fallas, Mariano Andrés Rubinowicz y José Sebastián Jabbaz. La decisión les permitirá evitar el debate oral si cumplen las condiciones que ahora deberá establecer el Tribunal Oral Federal N° 4.

El fallo modifica el camino procesal de los cuatro acusados, que ya habían sido enviados a juicio por el juez federal Sebastián Casanello. El TOF 4 había rechazado el planteo el 18 de diciembre de 2025, pero la Sala IV de Casación revocó esa decisión. Con ese giro, el expediente deja de avanzar hacia una audiencia pública para ellos y pasa a una etapa de cumplimiento bajo reglas judiciales.


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La medida no cierra la discusión sobre el dinero ni borra la acusación formulada en el expediente. Los imputados habían ofrecido una reparación económica que empezó en 76.001.960 pesos en 2013, luego subió a 234.280.634 pesos y finalmente quedó redondeada en 300.000.000 de pesos. El tribunal oral deberá fijar los montos definitivos, las modalidades de pago y las pautas de conducta que deberán respetar.

A los financistas se les atribuyó haber actuado como nexo entre Leonardo Fariña y personal del banco suizo Lombard Odier. También se los vinculó con la conformación de Teegan Inc. Belice, una empresa offshore desde la cual Martín Báez, hijo de Lázaro Báez, canalizó fondos considerados de procedencia ilícita. La acusación identificó seis transferencias recibidas en esa cuenta por un total de 1.500.626 dólares.


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La defensa sostuvo que la intervención de Ruiz, Jabbaz, Fallas y Rubinowicz tuvo un alcance acotado dentro de la maniobra general investigada. Argumentó que los acusados, entonces directivos de Provalor Sociedad de Bolsa, no tuvieron participación en otros hechos que sí integraron condenas firmes del caso principal. Entre esos hechos se mencionaron la compra de una financiera, la repatriación de fondos, operaciones por 57 millones de dólares entre 2010 y 2013, además de adquisiciones de inmuebles, campos, vehículos de lujo y movimientos financieros.

Uno de los puntos centrales del planteo defensivo fue la proporción atribuida a los cuatro acusados dentro del volumen total investigado. Según esa postura, su intervención representaba “solo el 4%” del dinero analizado en la causa. Ese argumento buscó diferenciar su situación de la de otros condenados en la Ruta del Dinero K y fue considerado en el recorrido que terminó con la concesión de la probation.


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El juez Javier Carbajo encabezó la postura mayoritaria y reconoció que el Ministerio Público Fiscal había señalado circunstancias que permitían calificar los hechos como “particularmente graves”. Sin embargo, también recordó que Casación ya había intervenido en 2025 y había anulado por unanimidad un rechazo anterior al planteo de las defensas. En esa revisión, la Sala IV remarcó que los acusados habían expuesto argumentos suficientes para diferenciar su situación de la de otros implicados.

Carbajo no presentó la conducta atribuida como un acto neutral. En su voto, recordó que la llegada de Fariña a Provalor derivó en recomendaciones de estudios jurídicos y estrategias contables que apoyaron la maniobra de lavado. Aun así, la mayoría entendió que la situación procesal de los cuatro acusados permitía aplicar la suspensión del juicio a prueba.


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El juez Mariano Borinsky acompañó la solución propuesta por Carbajo. En su voto, sostuvo que era la tercera vez que la Casación Federal intervenía ante el “arbitrario” rechazo de la probation. También señaló que no veía obstáculos para conceder el beneficio, porque ante un eventual juicio y una eventual condena las penas de prisión podrían ser condicionales.

La disidencia quedó en manos del juez Gustavo M. Hornos, quien pidió rechazar la pretensión de la defensa. Para el magistrado, los hechos investigados tenían una complejidad y una gravedad que excedían el marco de los conflictos ordinarios. Su postura remarcó que las maniobras presuntas de lavado de activos, por su magnitud y proyección transnacional, debían discutirse en un debate oral y público.


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Hornos también consideró que el juicio era el ámbito necesario para esclarecer los hechos y definir responsabilidades con control jurisdiccional de la prueba. Su voto sostuvo que ese camino resultaba relevante para el cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por el Estado. La mayoría, sin embargo, resolvió hacer lugar al recurso de casación, casar la resolución impugnada y conceder la suspensión del proceso a prueba.

La decisión alcanza a cuatro acusados de un tramo específico del expediente, mientras Lázaro Báez continúa preso por sus condenas en Vialidad y en la Ruta del Dinero K. El nuevo escenario deja fuera del juicio oral a los financistas si cumplen con las condiciones impuestas. La instancia pendiente quedará en manos del TOF 4, que deberá ordenar reglas, pagos y controles antes de que la probation produzca sus efectos definitivos.

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