

EXTRANJEROS NACIONALIZADOS PODRÁN INGRESAR A LA POLICÍA PROVINCIAL
La Legislatura aprobó el proyecto del diputado de CAMBIEMOS por el radicalismo Manuel Pagliaroni y ...
Actualidad26/03/2016 Actualidad
La Legislatura aprobó el proyecto del diputado de CAMBIEMOS por el radicalismo Manuel Pagliaroni y a partir de estás modificaciones quienes quieran ingresar a la fuerza podrán ser argentinos por opción o nacionalizados.
El origen del proyecto sería una nota dirigida a los diputados enviada por un ciudadano de origen boliviano que planteaba la imposibilidad de ingresar a la fuerza por las restricciones que existían.
En los fundamentos del proyecto, que llevó el número 14/16 y fue elevado el 16 de febrero, Pagliaroni mencionó que el mismo pretende «subsanar una situación de flagrante discriminación hallada en la ley del Personal Policial de nuestra provincia, Ley XIX-Nº 8 (antes Nº 1561)».
«La legislación vigente -agregó- establece como requisito para ingresar a la fuerza policial provincial ser ‘argentino nativo’. Esta condición se contradice con la legislación migratoria que permite que todo extranjero pueda obtener la ciudadanía argentina y, con ello, obtener el mismo status jurídico, en derechos y obligaciones, que cualquier otro ciudadano nacido en nuestro país».
El legislador recordó que «tan alta es la protección de los derechos humanos que les asiste a todos los extranjeros, tanto en el país como en nuestra provincia, que la Constitución Provincial en su artículo 6º reza: ‘No se dictarán leyes o reglamentos que disminuyan la condición del extranjero’, así como también establece fuertes parámetros contra todo tipo de discriminación».
Además, Pagliaroni consideró que «la adopción de la ciudanía por parte de un individuo nacido en otro país no solo conlleva consecuencias jurídicas, equiparándolo al nativo argentino, sino que también demuestra el afecto a nuestra tierra, el respeto a nuestras leyes, la adopción de nuestras costumbres y nuestras símbolos patrios; en otras palabras es un ciudadano que eligió ser argentino».
«Esta situación que se pretende remediar ya ha sido contemplada en otras fuerzas de seguridad. Por ejemplo, la Ley de Gendarmería Nacional Nº 19.349 y la Ley de Prefectura Naval Argentina Nº 18.398 establecen, justamente, la posibilidad que ingresen en dichas instituciones argentinos nativos o por opción».
De esta manera, el artículo 39 de la Ley Provincial XIX - Nº 8 quedará redactado de la siguiente manera: «Son requisitos comunes para el ingreso del personal policial de todas las Agrupaciones: a) Ser argentino nativo, naturalizado o por opción».
Imagen ilustrativa.

El origen del proyecto sería una nota dirigida a los diputados enviada por un ciudadano de origen boliviano que planteaba la imposibilidad de ingresar a la fuerza por las restricciones que existían.
En los fundamentos del proyecto, que llevó el número 14/16 y fue elevado el 16 de febrero, Pagliaroni mencionó que el mismo pretende «subsanar una situación de flagrante discriminación hallada en la ley del Personal Policial de nuestra provincia, Ley XIX-Nº 8 (antes Nº 1561)».
«La legislación vigente -agregó- establece como requisito para ingresar a la fuerza policial provincial ser ‘argentino nativo’. Esta condición se contradice con la legislación migratoria que permite que todo extranjero pueda obtener la ciudadanía argentina y, con ello, obtener el mismo status jurídico, en derechos y obligaciones, que cualquier otro ciudadano nacido en nuestro país».
El legislador recordó que «tan alta es la protección de los derechos humanos que les asiste a todos los extranjeros, tanto en el país como en nuestra provincia, que la Constitución Provincial en su artículo 6º reza: ‘No se dictarán leyes o reglamentos que disminuyan la condición del extranjero’, así como también establece fuertes parámetros contra todo tipo de discriminación».
Además, Pagliaroni consideró que «la adopción de la ciudanía por parte de un individuo nacido en otro país no solo conlleva consecuencias jurídicas, equiparándolo al nativo argentino, sino que también demuestra el afecto a nuestra tierra, el respeto a nuestras leyes, la adopción de nuestras costumbres y nuestras símbolos patrios; en otras palabras es un ciudadano que eligió ser argentino».
«Esta situación que se pretende remediar ya ha sido contemplada en otras fuerzas de seguridad. Por ejemplo, la Ley de Gendarmería Nacional Nº 19.349 y la Ley de Prefectura Naval Argentina Nº 18.398 establecen, justamente, la posibilidad que ingresen en dichas instituciones argentinos nativos o por opción».
De esta manera, el artículo 39 de la Ley Provincial XIX - Nº 8 quedará redactado de la siguiente manera: «Son requisitos comunes para el ingreso del personal policial de todas las Agrupaciones: a) Ser argentino nativo, naturalizado o por opción».
Imagen ilustrativa.




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