
Prisión preventiva para un hombre acusado de abusar de su hija durante años
Policiales20/06/2026
REDACCIÓNEl Juzgado de Instrucción formalizó el procesamiento bajo cargos de delitos graves contra la integridad sexual. El magistrado consideró clave una condena previa en el norte.

El Juzgado de Instrucción de El Calafate dictó el procesamiento con prisión preventiva para un imputado acusado de cometer múltiples delitos contra la integridad sexual de su propia hija. La resolución judicial encuadró el expediente bajo los cargos penales de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores agravado por la edad de la víctima y por haber sido cometido por el ascendiente, todo en concurso real. La medida privativa de la libertad busca asegurar la permanencia del acusado en los calabozos mientras la instrucción penal avanza hacia las instancias de debate oral.
Las pruebas incorporadas al expediente por el magistrado Carlos Albarracín incluyeron la revisión de los antecedentes penales del sospechoso fuera de la provincia de Santa Cruz. Los informes carcelarios revelaron que el implicado, originario de una provincia del noroeste argentino, registra el cumplimiento previo de una condena efectiva por hechos de abuso sexual cometidos años atrás. Este historial delictivo en su región natal funcionó como un elemento determinante para que la magistratura local justificara la aplicación de la prisión preventiva obligatoria.


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Esta resolución constituye la segunda orden de detención vinculada a agresiones sexuales contra menores de edad que emite el mismo juzgado durante la presente semana en la localidad turística. La denuncia original que dio inicio a las actuaciones judiciales data de agosto de 2018, promovida inicialmente por miembros del entorno familiar directo de la víctima cuando era una niña. En aquel momento, la judicatura aplicó restricciones de urgencia que ordenaban la exclusión de hogar del agresor y la prohibición absoluta de acercamiento a los damnificados.
El trámite de la causa experimentó diversas etapas de parálisis institucional y demoras administrativas prolongadas que postergaron las resoluciones de fondo durante casi ocho años. Sin embargo, la oficina judicial imprimió un nuevo impulso a las acciones en los últimos meses mediante la producción coordinada de medidas probatorias que resultaron decisivas para el tribunal. La recolección de nuevas evidencias testimoniales y los informes complementarios destrabaron el letargo en el que permanecía el sumario criminal.
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Las evaluaciones psiquiátricas y psicológicas realizadas por los peritos especializados de los organismos de protección de la niñez aportaron certezas sobre el impacto de los ultrajes. Los profesionales evaluaron la salud mental de la joven mediante mecanismos institucionales adaptados para resguardar la intimidad de las víctimas de vulneraciones graves. Los dictámenes técnicos de los equipos interdisciplinarios arrojaron conclusiones unánimes al certificar que el relato de la denunciante presentaba "indicadores de credibilidad y coherence" sólidos.
Las secuelas emocionales descritas en los informes de los especialistas ratificaron la persistencia del daño psicológico causado a lo largo del período en que se extendieron las agresiones en el ámbito doméstico. El portal informativo de la localidad, Ahora Calafate, detalló que estos elementos probatorios sirvieron para que la justicia considerara acreditada la autoría material del sospechoso en esta fase previa. Las valoraciones científicas contrarrestaron los intentos de la defensa por minimizar el alcance de los testimonios recopilados.
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La defensa técnica del procesado manifestó su rechazo formal ante las imputaciones formuladas por los acusadores y planteó diversas objeciones respecto a la validez de los peritajes psicológicos. Las abogadas del acusado cuestionaron la rigurosidad de los informes emitidos por los entes de derechos del menor, intentando desestimar la carga de cargo reunida en las actas de instrucción. El tribunal rechazó estas impugnaciones al concluir que la acumulación de indicios resulta suficiente para sostener la sospecha criminal de forma fundada.
Los convenios de protección y las directivas de los gabinetes forenses sostienen que la acumulación de declaraciones testimoniales e informes de campo justifican el mantenimiento de la restricción ambulatoria. El juez de la causa consideró que las objeciones de los defensores no alcanzan para desvirtuar la gravedad de los hechos denunciados originalmente por el entorno de la nena. La causa continuará acumulando pruebas documentales complementarias durante los próximos días hábiles en las oficinas judiciales locales.
Fuente: Ahora Calafate















