ANSES pagará la pensión de 15 millones a Cristina Kirchner pero mantendrá la batalla judicial

Política09/07/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El organismo previsional reactivó en sus sistemas informáticos la liquidación mensual destinada a la exjefa de Estado para dar estricto cumplimiento al mandato de la Cámara Federal de la Seguridad Social. La medida se hará efectiva en el corto plazo, abriendo un nuevo capítulo en la disputa legal por las asignaciones especiales derivadas de las leyes de privilegio.

Cristina Fernández saludando desde su departamento
Cristina Fernández saludando desde su departamento

La decisión administrativa implica el restablecimiento formal del beneficio previsional identificado bajo el número 47-6-8085213-0 a partir del próximo mes de agosto de 2026. Los apoderados de la Administración Nacional de la Seguridad Social comunicaron de forma oficial a los tribunales que acatarán el fallo de los camaristas, aunque confirmaron que agotarán las vías recursivas ante los estamentos superiores.

El recibo oficial de la expresidenta registrará un monto bruto exacto de $15.683.154,06 mensuales en concepto de pensión por viudez por el fallecimiento de Néstor Kirchner. Sin embargo, la cifra final de bolsillo que percibirá la beneficiaria experimentará reducciones significativas por disposición de las normativas impositivas vigentes. Los liquidadores estatales aplicarán de manera directa las retenciones obligatorias correspondientes a la obra social y al impuesto a las ganancias.


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La liquidación previsional presentará una modificación estructural clave respecto a los haberes que la exmandataria percibía con regularidad hasta finales de 2024. Los equipos técnicos de la seguridad social excluyeron el pago del adicional por zona austral, un ítem que incrementaba considerablemente los montos mensuales. La quita de este beneficio regional se fundamenta en que la beneficiaria fijó su residencia efectiva en la Ciudad de Buenos Aires, perdiendo el derecho al plus por desarraigo que exige habitar el territorio patagónico.

La restitución de estos fondos previene de una medida cautelar que modificó los escenarios de primera instancia donde se había rechazado el reclamo inicial de la defensa. Los camaristas Sebastián Russo y Juan Fantini evaluaron los argumentos presentados por la representación legal de la demandante y revocaron el fallo previo de la magistrada Karina Alonso Candis. Para habilitar este desembolso provisorio, el tribunal de alzada priorizó la consideración de aspectos de carácter alimentario vinculados a la subsistencia de la peticionante.


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El acceso a los fondos líquidos requirió que la expresidenta cumplimentara una serie de requisitos procesales exigidos por la legislación de la seguridad social. La peticionante debió registrar una caución juratoria formal ante los estrados judiciales como garantía de respaldo para el proceso en marcha. Mediante este instrumento, asumió el compromiso legal de reparar cualquier tipo de daño eventual contra el patrimonio público en caso de que la demanda principal reciba un revés definitivo en el futuro.

Los haberes especiales se encontraban totalmente dados de baja desde noviembre de 2024 por una resolución dictada bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano. Aquella disposición administrativa se sustentó en la confirmación de la condena dictada en la denominada causa Vialidad, que impuso una pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua. Mientras la pensión por viudez vuelve a quedar activa de manera provisoria, la asignación mensual vitalicia por su propio desempeño como presidenta de la Nación permanece bajo un estricto régimen de suspensión.


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La estrategia legal del Estado nacional busca revertir la medida cautelar utilizando los resortes de la apelación extraordinaria ante los fueros correspondientes. Ante el rechazo de los primeros planteos, las autoridades del organismo previsional y los fiscales de Estado recurrieron a la presentación de un recurso de queja. El objetivo central del Poder Ejecutivo es invalidar el criterio alimentario utilizado por los camaristas y suspender los pagos hasta que se discuta la validez de la Ley 24.018.

El conflicto previsional ingresó en una etapa de definición institucional tras los últimos movimientos de las fiscalías generales. El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen técnico donde consideró pertinente habilitar la competencia del máximo tribunal del país. La resolución de fondo sobre el derecho a percibir estas asignaciones millonarias queda ahora sujeta de forma exclusiva a los tiempos y definiciones que adopte la Corte Suprema de Justicia.

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