
Senado debate proyecto de propiedad privada con desalojos exprés y pliegos judiciales
Política15/07/2026
REDACCIÓNLa iniciativa de Federico Sturzenegger ya no incluye cambios en barrios populares y busca agilizar la venta de tierras a extranjeros bajo ciertas condiciones.

El proyecto de propiedad privada, diseñado por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, sufrió sustanciales modificaciones en su contenido original. La iniciativa ya no incluirá el capítulo sobre cambios en la ley de barrios populares, buscando avanzar en otros aspectos de su tratamiento. Además, se reformaron los capítulos sobre extranjerización de tierras, expropiaciones, desalojos y manejo del fuego.
La propuesta elimina los límites para que los extranjeros puedan adquirir tierras, delegando en las provincias la autorización de estas ventas. Se prohíbe la adquisición de tierras rurales por parte de Estados Extranjeros y empresas con participación estatal foránea, salvo autorización específica de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional. En el caso de las zonas de frontera, deberá haber una autorización tanto de los gobiernos nacionales como de los provinciales.


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La versión número 13 del dictamen mantuvo la prohibición para que una empresa privada con capital extranjero pueda adquirir tierras y el requisito de aval en zonas fronterizas. Las provincias conservarán la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Nacional. Estas medidas buscan un equilibrio entre la apertura a la inversión y la soberanía sobre el territorio.
Por otra parte, el proyecto propone la aplicación de un desalojo exprés aplicable solo a inmuebles usurpados o tenedores precarios. En estos casos, el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si el derecho invocado fuese «verosímil» y previa «caución juratoria». Esta medida busca acortar los tiempos de recuperación de la propiedad para los titulares afectados por estas situaciones.
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El juez podrá intimar la devolución del inmueble en un plazo de 72 horas si el propietario presenta prueba documental que acredite su titularidad. En el caso de los inquilinos que adeudan el pago de sus contratos, deberán recibir una carta documento que les otorgue un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día. La notificación se deberá realizar en el domicilio denunciado en el contrato o también por correo electrónico, precisando el lugar exacto del pago.
Si se mantiene el incumplimiento por parte del inquilino, el propietario puede iniciar la acción de desalojo, la cual se efectuará en un plazo de 10 días hábiles. Un punto importante es que el propietario no puede negarse a recibir las llaves ni poner condiciones para aceptarlas, aunque puede dejar asentado por escrito que quedan deudas pendientes por reclamar después. En situaciones donde haya menores o adultos en estado de desamparo, el juez deberá dar intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar.
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En paralelo, La Libertad Avanza busca aprobar una treintena y seis de pliegos judiciales en la misma sesión, entre los que figura una prórroga por cinco años del mandato del camarista Víctor Pesino. La aprobación es crucial antes del 27 de julio, fecha en la que Pesino cumplirá 75 años. De no aprobarse antes de esa fecha, corre riesgo de frustrarse la extensión de su mandato, que ya cuenta con dictamen favorable.
Pesino ya se adelantó a una posible postergación del debate de su pliego y presentó un recurso de amparo para continuar en su cargo después de cumplir los 75 años, como vocal de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. También en la lista de pliegos se encuentra Juan Rodríguez Ponte, funcionario judicial y ex secretario del juez Ariel Lijo, propuesto para el juzgado de Lomas de Zamora. Este juzgado tendrá a su cargo la causa del ex intendente Martín Insaurralde y la modelo Jésica Cirio.
En ese marco, el proyecto de propiedad privada reconoce el silencio administrativo si no existe un reparo por parte del gobierno nacional ni provincial. Esto significa que, si no hay objeciones, los compradores extranjeros se convertirán en propietarios de pleno derecho a los 180 días. Tal disposición busca agilizar los procesos de transferencia de propiedades en el país.














