Senado impulsa nueva Ley de Biocombustibles que desregulará el mercado

Actualidad05/09/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El proyecto obtuvo dictamen de comisión y busca reemplazar el sistema actual de cupos discrecionales por uno de competencia abierta con vigencia de 15 años.

Senado de la Nación
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Las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y de Presupuesto y Hacienda del Senado emitieron dictamen de mayoría sobre el proyecto que establece un nuevo Marco Regulatorio de Biocombustibles. Esta iniciativa proyecta elevar el porcentaje de corte obligatorio de biodiesel del 7,5% al 10% y el de bioetanol del 12% al 15% en un plazo de doce meses tras la promulgación de la ley.

El texto consensuado, que unifica siete proyectos ingresados por legisladores de distintos bloques políticos, busca desmontar el esquema vigente de asignación discrecional de cupos y precios fijados por la Secretaría de Energía. El nuevo régimen, con una vigencia de 15 años, apunta a incentivar inversiones en el sector agroindustrial y ampliar la matriz limpia del país.


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La presidenta de la Comisión de Minería, Energía y Combustibles, Flavia Royon, destacó el acuerdo alcanzado tras un proceso de negociación. «Pasamos de un sistema donde el Estado determinaba quién producía y a qué precio, a un mercado dinámico de competencia abierta a través de una plataforma electrónica transparente», precisó Royon.

No obstante, la exsecretaria de Energía reconoció que «todavía persisten puntos sensibles en debate», como los porcentajes finales y la protección al segmento de las empresas no integradas en el caso del biodiesel. También se debatirán los mecanismos para habilitar la importación por diferencial de precios, con miras al tratamiento en el recinto.


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El proyecto establece un Período de Transición hasta el 31 de diciembre de 2031 para el biodiesel, garantizando que el 100% del corte del 7,5% quede retenido por pymes «no integradas» (sin aceiteras). Al elevarse el corte al 10%, el segmento protegido de no integradas disminuirá gradualmente hasta el 3,0% entre 2031 y 2036.

Para evitar monopolios, ninguna empresa elaboradora de bioetanol podrá comercializar más del 20% del total anual destinado al corte obligatorio. En el mercado de biodiésel, dentro del segmento reservado a no integradas, el límite máximo por empresa o grupo económico relacionado será de hasta el 10% de la cantidad comercializada anualmente.


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Las petroleras y refinadoras no podrán computar el volumen procesado en sus plantas para la mezcla obligatoria, pero el dictamen abre la puerta para que realicen co-procesamiento de materia prima no fósil en sus refinerías. Estas gozarán de las exenciones impositivas de la ley hasta un límite máximo del 5% del total del combustible comercializado.

La norma incorpora una mirada más amplia e incluye nuevos biocombustibles y tecnologías como el Combustible Sostenible de Aviación (SAF), el diésel renovable, el biobunker, el etanol de segunda generación y el biometano. Este último queda habilitado para inyectarse en redes de gasoductos o comercializarse libremente como gas comprimido/licuado.

En cuanto a los beneficios impositivos, los biocombustibles puros habilitados para las mezclas no estarán gravados por el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) ni por el Impuesto al Dióxido de Carbono (ICO2) en ninguna de sus etapas. Al mezclarse con derivados del petróleo, el tributo aplicará únicamente sobre el porcentaje de combustible fósil.

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