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SE INTENSIFICA LA PRESENCIALIDAD A PARTIR DEL 1º DE SEPTIEMBRE
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Actualidad 26 de agosto de 2021 Roxana EtcheverryAplican cambios en los protocolos sanitarios que se encuentran vigentes.
La ministra de Educación, Florencia Perata, participó hoy de la 109° asamblea del Consejo Federal de Educación, que estuvo presidida por el titular de la cartera educativa de la Nación, Nicolás Trotta y durante la cual se aprobaron por mayoría los cambios en el protocolo para las escuelas, con el objetivo de intensificar la presencialidad a partir del 1º de septiembre.
“La resolución que se votó hoy permite a las jurisdicciones, en base a su situación epidemiológica y en base a las capacidades áulicas y a la matrícula de cada institución, flexibilizar aún más la posibilidad para las clases presenciales, dando distintas opciones siempre resguardando la salud de estudiantes y trabajadores en el aula”, informó la funcionaria. También fue materia de discusión en el seno de la Asamblea la disposición del mobiliario escolar para organizar las aulas de distinta manera y optimizar los espacios.
Trotta señaló que “hemos dado hoy un paso muy importante porque nos permite intensificar la presencialidad en nuestro sistema educativo.
En la Asamblea hubo consenso en que es necesario intensificar la presencialidad escolar sin renunciar al cuidado de la salud. La flexibilización del distanciamiento físico (que es de 1,5 metros entre estudiantes) se dará de acuerdo a las siguientes situaciones:
* Condición óptima: en el caso de que las escuelas puedan asegurar la presencialidad completa manteniendo un distanciamiento físico de 1.5 m entre estudiantes, sin dejar de ventilar, asegurando el uso de mascarillas y la higiene de manos. Para mantener esta distancia es necesario aprovechar al máximo el mobiliario escolar en toda su extensión.
* Condición admisible: solo en el caso de que no sea posible asegurar el distanciamiento de 1.5 m para una presencialidad plena, se tomará una distancia física de 0.90 m entre estudiantes en las aulas, manteniendo el requerimiento de 2 m en los espacios comunes y con el cuerpo docente. En este caso, aumenta el requisito de ventilación, no solamente manteniendo abiertas ventanas y puertas, sino incrementando el tiempo de ventilación entre clases.
* Excepciones: solo para los casos en los que no sea posible mantener un distanciamiento físico de 0.90 m entre estudiantes y permitir una presencialidad plena bajo esta condición, se podrá mantener una distancia mínima de 0,50 m. Las excepciones podrán aplicarse en contextos de bajo y medio riesgo epidemiológico y con adecuada cobertura de vacunación en la población general. En el caso de que el riesgo epidemiológico pase a ser alto, no se podrán establecer estas excepciones.
Medidas obligatorias
La resolución aprobada establece además que esas excepciones deberán ser acompañadas de las siguientes medidas obligatorias: mantener e incrementar el resto de las medidas de prevención; la distancia mínima entre estudiantes será de 0.50 m; la distancia entre estudiantes y docentes, así como entre docentes, se mantendrá en 2 m; el distanciamiento en zonas de uso común, no podrá ser menor a los 2 m.
También se agregan estrategias preventivas adicionales que incluyen: la realización de testeos en aquellas secciones escolares que estén contempladas por estas medidas excepcionales de distanciamiento; asegurar que la superficie mínima por estudiante en el aula sea de 1 m2; la utilización de medidores de CO2 y la obligación de informar al Ministerio de Educación de la Nación las instituciones que son afectadas a estas condiciones excepcionales.
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