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JUECES Y MAGISTRADOS PREOCUPADOS POR FALLO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA EN CONTRA DE CONVENCIONES INTERNACIONALES
Consideran que una resolución sobre una detención policial convalida prácticas irregulares policiales.
Actualidad 10 de mayo de 2023 Christian DeviaA través de un documento, la Asociación de la Magistratura y el Funcionariado Judicial del Chubut (AMFJCH), la Federación Argentina de la Magistratura y Función Judicial (FAM) y la Asociación Civil de Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público de la Defensa de la República Argentina (ADEPRA) expresan su preocupación por la sentencia dictada por el Ministro del Tribunal Superior, Dr. Daniel Báez, en un caso que involucra la detención de un ciudadano en Chubut.
Las asociaciones judiciales expresan su preocupación por los fundamentos de la sentencia emitida por el Ministro del Superior Tribunal de Chubut en el caso "López Omar Osvaldo y otro psa desobediencia s/ Impugnación Extraordinaria" (Expediente N. 100817 - Año 2022).
En la sentencia, el Ministro Báez cita la Ley XIX-5 (Ley 815) y afirma que todos los miembros de la institución (policial) pueden ejercer la jurisdicción territorial para la ejecución de los actos propios de seguridad, incluyendo la detención de personas que se nieguen a identificarse o no cuentan con un documento de identificación fehaciente.
Las asociaciones judiciales expresaron su preocupación por el hecho de que la sentencia desconoce lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso "Iván Torres", que sostuvo que el artículo 10 inc. b de la Ley 815 permitió a la policía de Chubut interferir con la libertad física de las personas de forma imprevisible y arbitraria, lo que es contrario a los artículos 7.3 y 2 de la Convención Americana.
Enfatizaron que las facultades de control y atribución policial en un Estado Constitucional y Democrático de Derecho deben ser ejercidas de manera racional y no pueden utilizarse de manera abusiva contra ningún ciudadano.
Además, expresan su preocupación por el hecho de que la sentencia convalida actuaciones irregulares que ponen en crisis la libertad de transitar de todas las personas.
Finalmente, las asociaciones judiciales recuerdan la obligación de los funcionarios públicos, especialmente los del Poder Judicial, de actuar en favor de los derechos y garantías constitucionales y de tomar todas las medidas a su alcance para evitar o minimizar las consecuencias negativas que su vulneración pudiera ocasionar.
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