


Tomaron un predio como Mapuches, pero no tienen ningún registro legal de la existencia de la comunidad
Policiales08/04/2025

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén declaró “inadmisible” el recurso de casación presentado por personas que invocaban formar parte de la supuesta comunidad mapuche “Lof Fvta Xayen”, en el marco de un proceso por interdicto posesorio iniciado por propietarios privados en el paraje Tratayén. La resolución, fechada el 31 de marzo de 2025, representa un fallo clave sobre la vigencia de derechos territoriales indígenas no registrados formalmente.
El TSJ resolvió que la presentación carecía de sustento legal al no haberse acreditado que “Lof Fvta Xayen” sea una comunidad indígena reconocida, dado que no figura en registros provinciales ni en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (ReNaCI). Además, puntualizó que el derecho sobre la tierra no está en discusión en este expediente, sino que se trata de una acción judicial relacionada con la posesión efectiva de un terreno.
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Los jueces decidieron, por lo tanto, tratar el caso en relación a personas físicas y no como comunidad, y rechazaron el recurso de casación en todos sus aspectos.
El fallo también marcó un precedente al referirse expresamente a la pérdida de vigencia del relevamiento territorial previsto en la Ley 26.160, el cual había sido prorrogado en sucesivas ocasiones.
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En ese sentido, el TSJ destacó que los procesos de desalojo interrumpidos durante años por el amparo de esa ley pueden reactivarse luego de su derogación por el Decreto de Necesidad y Urgencia 1083/24, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional.
En el caso en cuestión, los propietarios del predio habían impugnado oportunamente la autodenominación de “comunidad” por parte del grupo que ocupa el terreno, cuestionando la ausencia de respaldo jurídico y de antecedentes institucionales. El tribunal les dio la razón al señalar que, sin inscripción formal, no puede actuarse judicialmente en nombre de una comunidad indígena.



