Crisis pesquera: Empresarios pesqueros denuncian convenios que “impiden operar”

Actualidad08/06/2025Sergio BustosSergio Bustos
Somu protesta en Madryn
Somu protesta en Madryn.

Tres cámaras empresarias de la pesca presentaron una denuncia contra los convenios colectivos vigentes. Solicitaron a la Secretaría de Trabajo dejar sin efecto las cláusulas que fijan salarios por producción en la pesca del langostino.

La presentación fue realizada por CEPA, CAPECA y CAPIP. Las cámaras expusieron que la estructura de costos vigente hace inviable la actividad congeladora a bordo.

El documento fue dirigido al secretario Julio Cordero. La nota solicita modificar los valores fijados por convenio en los artículos 35, 36 y 32 de tres convenios distintos.

Las cámaras sostienen que las condiciones laborales quedaron desactualizadas. Señalaron que los valores actuales no reflejan la situación del mercado internacional.

Los empresarios aseguran que los convenios fijan precios de otra época. Dijeron que “ya no guardan relación económica con los valores de venta”.

El documento afirma que los acuerdos provocan “excesiva onerosidad sobreviniente”. Con esa expresión técnica piden la invalidez de las cláusulas.

Las cámaras citaron el artículo 1091 del Código Civil. Justificaron su pedido en la frustración del contrato por causas ajenas.


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Indicaron que el 60% del costo de producción lo absorben los sueldos. De ese total, el 40% corresponde a los marineros, afiliados al SOMU.

El resto corresponde a cargas sociales y personal técnico. También mencionaron combustible, mantenimiento, estiba y fletes como costos adicionales.

Las empresas reclaman una adecuación urgente. Propusieron nuevos valores de referencia “sustentables” para liquidar la producción a bordo.

Advirtieron que la flota congeladora permanece inactiva. Afirmaron que no puede operar en condiciones mínimamente viables.

La denuncia también refiere a una “distorsión grave” del esquema actual. Citan que el precio del langostino cayó a la mitad respecto de 2014.

Los valores pasaron de u$s12.000 a u$s5.000 por tonelada. Los costos internos, según indican, se mantuvieron sin cambios relevantes.

Los empresarios dijeron que la situación es insostenible. Reclamaron un nuevo marco salarial que refleje “la realidad económica”.

Plantearon que el 85% del sueldo de los marineros se compone por tonelada producida. Todo el sistema está atado a valores fijados en dólares.

El restante 15% corresponde a sumas fijas en pesos. Fue actualizado por inflación, pero no compensa la caída de la rentabilidad.

Explicaron que la rentabilidad negativa supera el 16,5%. Las cifras surgen de una comparación entre costos y precios de venta.

Cuestionaron que el esquema salarial no se ajustó al nuevo paradigma. Dijeron que el consumo internacional cambió y que la oferta superó a la demanda.


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Las cámaras pidieron revisar la cláusula de “salario por producción”. Quieren evitar liquidaciones que consideren tonelaje y calibre como hasta ahora.

Acompañaron la denuncia con anexos económicos. Presentaron gráficos de costos y ejemplos de pérdida de divisas por inactividad.

Solicitaron revisar los contratos como “acuerdos de partes”. Afirmaron que los convenios “deben terminar por mutuo disenso”.

Pidieron que se considere la posibilidad de aplicar una rescisión parcial. Expusieron que solo buscan revisar el esquema del langostino.

Negaron querer modificar condiciones en otras especies. La denuncia refiere exclusivamente a los buques congeladores tangoneros.

Advirtieron que el esquema actual crea desigualdad entre flotas. Señalaron que otros trabajadores pescan con costos distintos.

Recordaron que los convenios se firmaron cuando el negocio era rentable. Desde entonces, aseguran que los valores quedaron obsoletos.

Las cámaras afirmaron que el sistema pone en crisis la competitividad. Sostienen que la norma impide mantener el empleo y la producción.

Alertaron que más de 8.000 personas dependen de esta actividad. La denuncia considera que el impacto social será profundo si no hay cambios.

Ratificaron que el reclamo es legal y constitucional. Citan los artículos 14, 14 bis y 16 de la Constitución Nacional.

El documento finaliza con una advertencia de acciones judiciales. Las cámaras se reservaron el derecho de ir a la Corte Suprema.

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