Quién puede salir antes de prisión: así funciona la libertad condicional en Argentina

Chubut18/07/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Preso
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El crimen de La suboficial mayor, (P.M.) Marcela Elizabeth Tagariello, asesinada en servicio por un delincuente con libertad condicional genera debates intensos como cada cada vez que un condenado sale de prisión antes de cumplir su pena completa y reincide. ¿Qué dice la ley y qué delitos impiden acceder al beneficio? ¿Quién autoriza y quién controla?

La libertad condicional en Argentina no es un derecho automático, sino un beneficio que se otorga si el condenado cumple estrictas condiciones. El Código Penal establece los parámetros básicos, pero en los últimos años las reformas legales limitaron su alcance para delitos considerados violentos o graves.


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El artículo 13 del Código Penal indica que puede acceder a este régimen quien haya cumplido al menos dos tercios de su condena y no tenga antecedentes penales por delitos dolosos. Además, la conducta carcelaria y los informes técnicos son determinantes. “El juez debe evaluar si el condenado muestra signos de readaptación y compromiso con las normas”, explican desde el fuero penal.

No todos los condenados son elegibles. El artículo 14 del mismo código bloquea el beneficio a quienes cometieron delitos como homicidio agravado, secuestro extorsivo con resultado de muerte o abuso sexual contra menores. Esta lista se amplió con la Ley 27.375 en 2017, que endureció las reglas tras casos de reincidencia que impactaron a la opinión pública.


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La Ley de Ejecución Penal (N.º 24.660) regula el procedimiento para solicitar y otorgar la libertad condicional, y exige un abordaje técnico interdisciplinario. El juez de ejecución penal tiene la decisión final, pero debe contar con informes criminológicos, psicológicos y sociales que justifiquen la viabilidad del egreso anticipado.

El condenado debe presentar un plan de vida, fijar domicilio estable, aceptar controles y cumplir reglas de conducta. Entre ellas, se incluye “no cometer nuevos delitos, no consumir drogas o alcohol, y evitar personas o lugares asociados a su conducta delictiva anterior”, explican los protocolos penitenciarios.


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Las reformas normativas incorporaron una mirada más restrictiva frente a delitos graves, impidiendo que quienes causaron daños irreparables accedan al beneficio. Esto responde a una demanda social que busca mayor proporcionalidad entre el daño causado y el cumplimiento efectivo de la pena. “No hay margen para atajos en condenas por hechos extremadamente violentos”, remarcan fuentes judiciales.

Sin embargo, los especialistas advierten que la libertad condicional sigue siendo una herramienta válida para aquellos que cumplen su condena dentro del sistema y demuestran cambios reales. En estos casos, el seguimiento del egresado y la articulación con programas de reinserción social son fundamentales para evitar recaídas.

Uno de los puntos más cuestionados del sistema aparece cuando un liberado reincide. La conmoción social que provocan estos casos suele apuntar directamente al funcionamiento judicial y al poder que tiene un juez para anticipar la libertad. “¿Quién controla al que libera?”. Los errores en la evaluación de riesgo generan reproches legítimos, sobre todo cuando la nueva víctima aparece dentro del plazo que el condenado debía cumplir en prisión.


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El dolor que provocan los hechos de reincidencia alimenta el rechazo a lo que se percibe como derechos otorgados a los victimarios. Desde sectores sociales y mediáticos se cuestiona la función resocializadora del sistema penitenciario, mientras se exige un régimen más rígido. “¿Qué mérito tiene quien sale antes, si reincide al poco tiempo?”, dicen quienes ctitican libertad condicional porque ven una grieta que beneficia al condenado en lugar de proteger a la sociedad.

La libertad condicional no extingue la pena: la persona sigue bajo control judicial hasta el final de la condena original. Si incumple las condiciones o comete un nuevo delito, el beneficio puede revocarse de inmediato. Así, el sistema intenta equilibrar la necesidad de castigo con la posibilidad de reintegración.

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