
La Justicia rechazó el intento de la Asociación de Magistrados de anular una investigación
Chubut25/07/2025
REDACCIÓN
El Poder Judicial de Chubut volvió a expresarse ante una presentación impulsada por representantes de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales. Esta vez, el planteo fue descartado por el juez de Esquel, Carlos Richeri, quien además incluyó observaciones críticas sobre el accionar de los abogados que promovieron la solicitud.


El recurso había sido presentado por los abogados José Raúl Heredia y Alfredo Pérez Galimberti. Su objetivo era anular la investigación realizada por fiscales de la Unidad Anticorrupción en relación con una denuncia presentada contra miembros del Superior Tribunal de Justicia. La causa ya había sido desestimada por falta de elementos.
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El juez Richeri explicó que el planteo carece de fundamentos jurídicos válidos y pone en riesgo el funcionamiento institucional. En el fallo, sostuvo que “pretender la invalidez de una actuación por supuesta falta de imparcialidad del Procurador carece de sustento en un sistema penal moderno”.
El equipo fiscal investigado por la Asociación se encuentra integrado por Lucas Papini, Ivana Berazategui y Lucas Koltsch. La tarea de estos funcionarios había concluido sin indicios de delito penal por los aumentos salariales en cuestión. La fiscalía consideró cerrada la denuncia.
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El magistrado remarcó que no corresponde frenar funciones esenciales bajo argumentos de afectación institucional. Según la resolución, “aceptar esa lógica implicaría paralizar la tarea del Ministerio Público ante cualquier denuncia que lo mencione”. En este sentido, defendió el esquema funcional previsto por la ley.
Las juezas inicialmente designadas para intervenir en la causa se habían apartado. La resolución recayó finalmente por sorteo en el juez Richeri, quien dictó un fallo de cerca de veinte páginas con argumentos jurídicos detallados sobre cada uno de los puntos planteados por la defensa.
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Además del rechazo, el juez realizó un llamado de atención a los abogados firmantes. “La conducta procesal desplegada no se ajusta a los principios de buena fe y lealtad que deben regir en los procesos judiciales”, indicó en referencia a lo previsto por el artículo 122 del Código Procesal Penal.
La resolución cuestionó el intento de invalidar tanto la actuación del Procurador General como la de los fiscales que actuaron en la investigación. A criterio del magistrado, los argumentos presentados resultan improcedentes y ponen en duda la intención real de la presentación.
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El fallo deja firme la decisión de la fiscalía de desestimar la denuncia contra los ministros del Superior Tribunal. También marca un antecedente sobre el rol institucional de las partes en procesos que involucran al Poder Judicial como estructura administrativa.


















