
La Justicia rechazó quitarle la capacidad a una mujer de 89 años y reafirmó su derecho a manejar su dinero
Actualidad24/08/2025
Sergio Bustos
Un caso judicial en el Alto Valle puso en el centro del debate los derechos de las personas mayores. Un hombre había solicitado limitar la capacidad jurídica de su madre, de 89 años, para administrar sus ingresos, pero la Justicia rechazó el planteo.


La mujer explicó en la audiencia que necesitaba ayuda en su vida cotidiana, aunque no en el manejo de su dinero. Su claridad fue determinante para que el tribunal garantizara su autonomía.
La jueza de Familia que intervino resolvió que la señora continúe administrando sus recursos. La magistrada citó el Código Civil y las convenciones internacionales que protegen la autodeterminación de las personas mayores.
El encuentro se realizó en la vivienda de la mujer debido a sus dificultades de movilidad. Allí estuvieron presentes representantes del Ministerio Público y la Defensora de Pobres y Ausentes.
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Durante el proceso, la defensa cuestionó los informes que avalaban la restricción y pidió la intervención de la Oficina de Servicio Social. Tras varias entrevistas, quedó en claro que la mujer entendía la situación y podía ejercer sus derechos.
“La señora pudo dar cuenta de las facultades que conserva. Nos explicó las razones del proceso y dejó en claro que no estaba en las condiciones que su hijo había descripto”, sostuvo la defensora interviniente.
El Defensor de Menores e Incapaces coincidió en que lo único que se requería era un cambio de apoderado ante la ANSES, trámite que ya había sido realizado antes de la audiencia.
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En su fallo, la jueza también citó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que obliga a los Estados a garantizar la personalidad jurídica sin discriminación por edad.
El caso contó con el respaldo de múltiples organismos: la Secretaría de Adultos Mayores de la provincia, la Secretaría de Desarrollo Social del municipio y la Oficina de Servicio Social del Ministerio Público. Todos remarcaron la importancia de preservar la autodeterminación.
El fallo sienta un precedente en la región, al reafirmar que las decisiones sobre la vida y los bienes de los adultos mayores no pueden tomarse sin escuchar su voz.
Finalmente, la mujer seguirá administrando su jubilación y pensión con la asistencia de su hijo conviviente en cuestiones de salud y cuidado personal, pero sin perder el control sobre sus recursos.
















