La Ley Bases obtuvo dictamen de Comisión en Diputados, y el representante por Chubut, César Treffinger, valoró el acuerdo alcanzado.
AMPLÍAN EL REPRO 2 Y EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL TRABAJO INDEPENDIENTE
Dado que las medidas restrictivas necesarias para contener el drástico incremento de los contagio...
Actualidad 24 de mayo de 2021 Roxana EtcheverryDado que las medidas restrictivas necesarias para contener el drástico
incremento de los contagios tienen impacto sobre determinadas actividades
productivas, el gobierno nacional anunció la ampliación de la ayuda tanto a empresas afectadas como a trabajadores que trabajan en ellas
Se incrementa el monto máximo del beneficio a $22.000 por relación laboral para las empleadoras y los empleadores encuadrados en los sectores críticos y salud
Las empresas pertenecientes a los sectores críticos particularmente afectados por la actual coyuntura contarán con los siguientes beneficios:
-Reducción del 100% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Requerimiento de información limitada a dos indicadores, facturación y liquidez corriente. Se exime de la obligación de presentar balance.
-Para evaluar la variación de la facturación, se compara todos los días de mayo de 2019 contra los primeros 24 días de mayo de 2021. Esto implica que el Programa asume que la empresa no tendrá facturación entre el 25 y el 31 de mayo.
Se amplía el listado de actividades consideradas “críticas”, incorporando a los siguientes sectores:
- Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros)
- Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio)
-Centros de compra localizados en el AMBA.
El monto del beneficio alcanza a los $22.000 por trabajador independiente y alcanzará a los siguientes sectores:
- Gastronomía
- Turismo
- Transporte
- Industrias culturales
- Actividades deportivas y de esparcimiento
- Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación
- Peluquerías y centros de belleza
Para acceder al beneficio, las trabajadoras y los trabajadores deberán reunir con las siguientes condiciones:
- Contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen de monotributo y/o autónomo.
- Presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre mayo de 2019 y del 1° al 24° de mayo de 2021.
- Para el caso de ser empleadora o empleador deberá registrar un nivel de liquidez corriente inferior a un valor establecido por el Comité de evaluación y seguimiento del REPRO 2.
La inscripción al Programa será desde el 26 de mayo hasta el 1 de junio
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