
Implementan un nuevo régimen para regular armas semiautomáticas de uso deportivo
Actualidad04/11/2025
REDACCIÓN
El Registro Nacional de Armas (RENAR) estableció un nuevo marco normativo para la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas de uso deportivo, derivadas de modelos militares, con el objetivo de reforzar los mecanismos de control y asegurar su uso exclusivo en ámbitos autorizados. La medida, formalizada mediante la Resolución 37/2025 publicada en el Boletín Oficial, redefine los requisitos para quienes pretendan poseer este tipo de armamento y actualiza procedimientos que hasta ahora estaban regulados por disposiciones dispersas.


El nuevo régimen alcanza a fusiles, carabinas y subametralladoras de asalto con cargadores removibles, siempre que sean de calibre superior al .22 LR, categoría considerada de “uso condicional” dentro de la legislación vigente. A partir de esta resolución, solo podrán acceder a la autorización los legítimos usuarios con antecedentes comprobados en actividades deportivas y un historial limpio ante el organismo.
OTRAS NOTICIAS:
La normativa exige que los solicitantes acrediten al menos cinco años de antigüedad como legítimos usuarios, además de carecer de sanciones o antecedentes vinculados con el uso indebido de armas. También deberán presentar una declaración jurada, documentación que respalde su participación en competencias de tiro y disponer de un sector de guarda homologado que cumpla con los estándares de seguridad establecidos por el RENAR.
El trámite estará sujeto al pago de una tasa equivalente a la prevista para la “Tenencia Express” y la Tarjeta de Consumo de Municiones, y será evaluado bajo un régimen de fiscalización especial. Esta instancia incluirá inspecciones presenciales y verificación del lugar de almacenamiento, además del seguimiento digital de las armas registradas en cada entidad de tiro o usuario autorizado.
OTRAS NOTICIAS:
Según explicó el organismo, la resolución busca ordenar y transparentar la tenencia responsable de materiales de mayor riesgo, unificando criterios dispersos y reforzando el control administrativo y técnico sobre este tipo de armamento. La intención es que el uso deportivo se mantenga dentro de los límites legales, evitando que las armas semiautomáticas de origen militar ingresen al circuito civil sin trazabilidad.
El RENAR también recordó que las entidades de tiro deberán garantizar condiciones adecuadas de custodia y control de inventario. Las asociaciones o clubes que incumplan con el régimen podrán ser sancionados con la suspensión o cancelación de su registro, además de la incautación del material. Con esta disposición, el Estado busca fortalecer la política de trazabilidad y uso racional de armas en el país.
OTRAS NOTICIAS:
La resolución 37/2025 reemplaza a las normas anteriores sobre armas semiautomáticas y se inscribe en una política más amplia de control de materiales bélicos, que apunta a compatibilizar el derecho al uso deportivo con la seguridad pública.
Fuente: NA.

















