Deberá cumplir reglas de conducta durante un año por agredir a un menor en una escuela

Policiales10/11/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Poder Judicial de Chubut imagen generada por LA17
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El juez Alejandro Rosales resolvió suspender el juicio contra Silverio “Camel” Valenzuela, de 38 años, quien fue acusado de agredir a un adolescente y dañar su bicicleta dentro del predio escolar. El hecho ocurrió en septiembre de 2024 en el patio interno de la Escuela Provincial N°739 “Beatriz Torres”, de la ciudad de Sarmiento.

De acuerdo con la denuncia, Valenzuela ingresó al establecimiento y atacó físicamente a un alumno con quien su hijo habría tenido diferencias previas. Además, provocó daños en la bicicleta del menor, doblando la llanta delantera. El Ministerio Público Fiscal investigó el caso por los delitos de daño y lesiones leves.


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La Fiscalía y la Defensa coincidieron en solicitar la suspensión de juicio a prueba, mecanismo previsto en el Código Penal que permite al imputado evitar la condena si cumple una serie de condiciones establecidas por el tribunal. La medida fue presentada en la audiencia ante el magistrado Rosales, con la presencia de la defensora pública y representantes de la Asesoría de Familia.

Durante la audiencia, la abogada defensora expuso los argumentos para aplicar la probation, mientras que la fiscal Marisol Sandoval y la funcionaria Tamara Bernardi manifestaron su acuerdo con la propuesta. También se incorporó un informe sobre la situación familiar del adolescente afectado.


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El juez resolvió otorgar el beneficio por el plazo de un año, durante el cual Valenzuela deberá cumplir reglas de conducta específicas. Entre ellas, presentarse cada cuatro meses ante el Cuerpo de Delegados, no cometer nuevos delitos y mantener la prohibición de acercarse al damnificado.

La suspensión de juicio a prueba implica que, de cumplir con todas las obligaciones impuestas, el proceso se extinguirá sin que quede registro penal. En caso contrario, el beneficio se revocará y el acusado deberá ser sometido a juicio.


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El magistrado destacó durante la resolución la importancia de “garantizar el resguardo del menor y asegurar un compromiso de no repetición por parte del imputado”. Con esta medida, el tribunal busca equilibrar la reparación del daño con una instancia de reflexión y conducta responsable del acusado.

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