
Un fallo provisorio habilitó a YPF a retomar accesos clave en Vaca Muerta
Actualidad22/01/2026
REDACCIÓN
La Justicia Federal de Neuquén resolvió habilitar nuevamente el acceso de YPF a pozos e instalaciones operativas ubicadas en el área Aguada del Chañar, dentro de Vaca Muerta, luego de un conflicto que había interrumpido la circulación interna hacia sectores productivos del yacimiento. La decisión busca garantizar la continuidad de la actividad mientras avanza el proceso judicial de fondo.


El fallo fue dictado por la jueza Carolina Pandolfi, titular del Juzgado Federal N°1 de Neuquén, en el marco de una medida cautelar solicitada por la petrolera. La resolución obliga a permitir el libre ingreso de la empresa y de sus contratistas a distintas locaciones activas que habían quedado aisladas por un bloqueo físico.
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Según el planteo judicial, el impedimento afectaba el acceso a la Batería 1 de Aguada del Chañar y a varios pads de perforación, ubicados en el departamento Añelo, una de las zonas de mayor concentración de actividad hidrocarburífera no convencional del país. El conflicto se localiza en un área estratégica para la producción energética.
La empresa denunció que desde el 14 de enero se registraban obstáculos en un camino interno que conecta distintas instalaciones, lo que impedía realizar tareas programadas de control, mantenimiento y montaje. En su presentación, YPF advirtió que la falta de supervisión permanente en ese tipo de instalaciones puede generar riesgos operativos, ambientales y para la seguridad de las personas.
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Al evaluar el pedido, la magistrada consideró acreditada de manera preliminar la existencia del bloqueo mediante un acta notarial, donde se dejó constancia de la presencia de alambrados, tranqueras y la negativa a permitir el paso del personal. Ese elemento fue clave para justificar la intervención urgente del tribunal.
En su resolución, Pandolfi sostuvo que existía peligro en la demora, ya que la interrupción de las actividades podía generar perjuicios diarios y comprometer el normal funcionamiento de instalaciones que requieren monitoreo constante. Bajo ese criterio, dio lugar a la medida cautelar solicitada por la compañía.
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La jueza también recordó que la Ley Nacional de Hidrocarburos habilita a los concesionarios a realizar las obras necesarias para el desarrollo de la actividad y establece que la oposición del propietario de la tierra no puede utilizarse para frenar trabajos debidamente autorizados. En ese marco, indicó que el bloqueo carecía de sustento legal, aun cuando exista discusión sobre la titularidad de las tierras.
El fallo dejó en claro que la decisión es provisoria y no implica un pronunciamiento sobre el fondo del conflicto, que seguirá siendo analizado en la causa principal. La cautelar apunta exclusivamente a garantizar el acceso mientras se sustancia el proceso judicial.
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Además, la resolución autorizó la remoción inmediata de cualquier obstáculo físico que impida la circulación y habilitó el auxilio de la fuerza pública para asegurar su cumplimiento. También intimó a los involucrados a abstenerse de repetir conductas similares, bajo apercibimiento de sanciones.
El conflicto se inscribe en una disputa de larga data en la zona de Aguada del Chañar, donde existen reclamos vinculados al impacto de la explotación hidrocarburífera. No obstante, la magistrada aclaró que esos antecedentes quedaron expresamente fuera del análisis en esta instancia, al tratarse de una medida cautelar orientada únicamente a preservar la operatividad.














