Procesaron a Diego Spagnuolo y el fallo insinúa que faltan nombres

Policiales09/02/2026REDACCIÓNREDACCIÓN
Diego Spagnuolo (Foto: BNegocios / A24)
Diego Spagnuolo (Foto: BNegocios / A24)

El juez Sebastián Casanello procesó a Diego Spagnuolo por cohecho, fraude y asociación ilícita en la Agencia de Discapacidad. Son 19 acusados y la resolución habla de “otro nivel de complicidades”.

El procesamiento dictado por el juez federal Sebastián Casanello contra Diego Spagnuolo, primer director de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante el gobierno de Javier Milei, reabrió un expediente que combina acusaciones de corrupción y decisiones administrativas en un área sensible del Estado. La resolución lo ubicó como presunto jefe de una estructura que, según la hipótesis judicial, buscó beneficios privados a través de la Agencia. Los delitos atribuidos incluyen cohecho activo, fraude al Estado y negociaciones incompatibles con su cargo.

El fallo no se limitó a una imputación individual y describió un esquema más amplio, con funcionarios y actores externos conectados por intereses económicos. Casanello también procesó como supuestos jefes de la organización a Daniel Garbellini, ex número dos de la Andis, además de Miguel Ángel Calvete y Pablo Atchabahian, vinculados a droguerías y con paso por distintas gestiones políticas. De acuerdo con las constancias citadas en la nota, la causa incluye sospechas de licitaciones digitadas y sobreprecios.


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La dimensión del caso se reflejó en la cantidad de imputados: en total, el juez procesó a 19 personas. La lista abarca exfuncionarios y empleados de la Andis, además de privados que habrían intervenido con distintos roles dentro de la presunta asociación ilícita. La resolución presentó el entramado como un mecanismo sostenido en el tiempo, especialmente durante los primeros meses del gobierno nacional.

En uno de los pasajes centrales, el juez describió el funcionamiento interno con una frase que apunta al modo en que se habría tomado el control del organismo. “Un entramado de corrupción institucional que tuvo su núcleo en el funcionamiento irregular de la Agencia Nacional de Discapacidad, con operadores externos y funcionarios que ocupaban los cargos de máxima autoridad actuando en forma mancomunada en contra del interés general y a favor de negocios privados ilícitos”, escribió Casanello. Esa definición le dio al caso una lectura institucional, más allá de cada conducta puntual que se analiza.


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El fallo también subrayó el impacto sobre el objetivo público de la Agencia y ubicó a la población destinataria como parte dañada de la maniobra. “La Agencia fue cooptada y empleada como vía de enriquecimiento para los miembros de la organización, en claro desmedro de la finalidad pública que debía guiar su actuación: la protección y cuidado de las personas en situación de discapacidad”, afirmó el juez. En esa frase, la resolución conectó la presunta corrupción con un perjuicio directo sobre la función del Estado.

En el tramo final del pronunciamiento, Casanello dejó abierta la posibilidad de que el expediente todavía no muestre toda la dimensión del esquema investigado. “Sin embargo, el esquema delictivo develado pareciera tener márgenes aún difusos y no agotarse en los hechos aquí probados”, advirtió, y habló de indicios sobre extensión hacia “otras áreas y actores”. En ese mismo párrafo, sostuvo que la escala de los negocios y el modo de operar “sugieren” que “podría tener otro nivel de complicidades” y reclamó profundizar la investigación.


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El origen público del caso también aparece atravesado por un dato llamativo: los audios que circulaban con menciones a nombres de la política no formaron parte de las pruebas usadas en esta etapa. La causa se inició en agosto pasado a partir de una denuncia del abogado Gregorio Dalbón basada en notas periodísticas, según detalla la publicación. En paralelo, se difundieron grabaciones donde una voz atribuida a Spagnuolo hablaba de que Lule Menem le “metió” al funcionario “más importante de todos” “para chorear”, además de mencionar un “3%” “para Karina”, y que Javier Milei habría sido advertido.

Sin embargo, el fiscal Franco Picardi y el juez Casanello no incorporaron esos audios como evidencia y el fallo no los menciona. Ese detalle se volvió un punto de discusión para las defensas, que cuestionaron el origen de las grabaciones y pidieron la nulidad del proceso. Según la nota, Casanello rechazó esos planteos en simultáneo con los procesamientos.


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El expediente, en cambio, se apoya en la hipótesis de una captura del organismo y en la trazabilidad de decisiones vinculadas a compras y licitaciones. La resolución ubicó a Calvete y Atchabahian como figuras que “habrían logrado controlar la Andis desde afuera”, siempre bajo la reconstrucción judicial citada por el artículo. Con los procesamientos firmados, la causa queda posicionada para discutir responsabilidades, circuitos de contratación y la participación de cada imputado dentro del presunto entramado.

Fuente: LA NACION.

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