Ganancias cambia el piso y en abril llegan devoluciones por lo retenido en 2025

Actualidad09/02/2026REDACCIÓNREDACCIÓN
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Con la actualización semestral por inflación, subieron deducciones y el ingreso mínimo para tributar. En abril se recalcula todo 2025 y puede haber reintegros por Siradig y percepciones.

Con el arranque de 2026, el impuesto a las Ganancias volvió a moverse para asalariados, jubilados y autónomos, y el cambio ya pega en los recibos. La actualización se hizo con la inflación acumulada entre julio y diciembre de 2025 y llevó todas las variables un 14,29%. Ese ajuste empuja hacia arriba el piso desde el cual se tributa y, al mismo tiempo, baja la presión para quienes ya quedan alcanzados.

La novedad más concreta para muchos trabajadores aparece en los números que publicó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) con el cuadro de deducciones. Para ingresos percibidos desde enero, el impuesto alcanza a empleados con salarios netos superiores a $2.490.038, equivalente a un bruto de $3.000.045, si no declaran familiares ni gastos deducibles. Cuando se informan deducciones, ese piso sube y cambia la foto para cada situación familiar.


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La explicación oficial se apoya en un concepto simple: las deducciones marcan montos del ingreso que quedan fuera del impuesto. Por eso, cuando se actualizan, el impuesto baja o se corre el umbral de ingreso a partir del cual empieza a retenerse. El reajuste se realizó según lo dispuesto por la ley 27.743 y sus reglamentaciones, y rige para el primer semestre de 2026.

En la práctica, el arranque del año dejó una particularidad de calendario que puede explicar diferencias entre recibos. Como los cuadros actualizados se conocieron con enero avanzado, muchos empleadores recalcularon la retención sobre salarios de diciembre cobrados en enero. En los casos donde la liquidación ya quedó cerrada cuando se oficializó la actualización, el nuevo esquema se aplica con los ingresos de febrero, pero el efecto se acumula y deja saldos a favor.


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El mes que concentra la expectativa, de todos modos, es abril, porque allí se hace la cuenta final de Ganancias por todo lo percibido durante 2025. Con los sueldos de abril —que en general se cobran en los primeros días de mayo— los empleadores ajustan lo retenido mes a mes contra la carga anual real. Si los parámetros usados durante 2025 difieren de los que se emplean para el cálculo anual, pueden aparecer devoluciones para los trabajadores.

Ese cierre anual también incluye otra llave para aliviar la carga, que depende de lo que cada contribuyente cargue y valide. Empleados y jubilados con retenciones durante 2025 tienen tiempo hasta el 31 de marzo para completar el formulario y sumar gastos deducibles, familiares a cargo, percepciones y situaciones de pluriempleo. El trámite se realiza dentro del servicio “Siradig-Trabajador”, accesible en el sitio de ARCA con clave fiscal, y todo lo informado para 2025 impacta en la liquidación de abril.


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Entre las deducciones que suelen mover el cálculo aparecen alquileres, servicio doméstico, medicina prepaga, honorarios médicos, donaciones, seguros y gastos educativos, siempre con topes y condiciones. En alquileres, por ejemplo, conviven dos vías distintas: una permite descontar el 40% con tope anual y requisito de no ser propietario, y otra habilita el 10% sin tope para dueños de inmuebles alquilados para vivienda. En seguros de vida o retiro, el tope deducible por 2026 se fija en $753.472,14 por cada caso, mientras que por 2025 figura en $573.817,13.

El capítulo de percepciones suma otro posible reintegro que muchos esperan ver reflejado en el mismo mes. Los recargos por compra de moneda extranjera en el mercado oficial (vigentes en parte de 2025) y por consumos o compras al exterior pagadas con tarjeta y canceladas en pesos funcionan como pagos a cuenta de Ganancias. Para pedir la devolución, ARCA indica cargar o confirmar datos en el Siradig, dentro del apartado “Otras retenciones, autorretenciones, percepciones y pagos a cuenta”, y validar la información con “Carga automática” o sumar comprobantes con “Carga Manual”, si faltan registros.


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El reintegro por esta vía tiene una condición que conviene mirar con lupa antes de hacer cuentas: se devuelve hasta el monto efectivamente descontado por el impuesto durante 2025. Si queda un excedente, el reclamo se gestiona en la página de ARCA con inscripción en Ganancias, o mediante declaración jurada anual en el caso de autónomos y algunos contribuyentes alcanzados por Bienes Personales. Para quienes no tuvieron descuentos ni están inscriptos, el pedido se tramita desde el servicio interactivo “Devolución de percepciones”.

Además del cierre de 2025, el esquema del semestre actual deja nuevos pisos de entrada según la composición familiar y las deducciones. Con un hijo menor, el piso informado sube a un neto de $2.693.943 (bruto $3.245.715), y con dos hijos llega a $2.897.848 (bruto $3.491.384). Para un empleado con cónyuge y dos hijos menores a cargo, el piso indicado trepa a un neto de $3.302.179 (bruto $3.970.677 en febrero), y en jubilados, si cumplen requisitos, rige una deducción equivalente al haber mínimo por ocho que en febrero se ubica en $2.874.034,80 como piso neto para tributar.


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Por fuera de los números, ARCA también puso el foco en la consistencia de ciertas deducciones que requieren respaldo. En particular, mencionó advertencias a quienes declararon gastos de indumentaria o equipamiento con importes elevados frente a su remuneración. El organismo recordó que la deducción solo aplica si los elementos resultan “de carácter obligatorio, de uso exclusivamente laboral” y si el empleado pagó sin reintegro del empleador, un detalle que puede definir si el gasto entra o queda afuera del cálculo.

Fuente: LA NACION.

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