Salud legaliza los vapeadores con reglas rígidas para intentar sacar a los menores del mercado

Enfoques04/05/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El Ministerio de Salud habilitó la venta de cigarrillos electrónicos pero prohibió los descartables y los sabores frutales. Buscan regular un consumo que ya llega al 35% de los jóvenes.

Cigarrillos electrónicos
Cigarrillos electrónicos

El consumo de cigarrillos electrónicos entre adolescentes de secundaria tocó un techo del 35,5% durante el último año en todo el país. Esta cifra, que surge del Observatorio Argentino de Drogas de SEDRONAR, desnudó la ineficacia de la veda total que regía sobre el sector hasta hace pocos días. Ante la evidencia de que los chicos acceden a estos dispositivos sin ningún tipo de control, el Gobierno decidió blanquear la actividad para intentar poner orden en un mercado que hoy se mueve bajo cuerda.

La publicación de la Resolución 549/2026 en el Boletín Oficial marca el final de una etapa dominada por el consumo de hecho en la Argentina. La cartera sanitaria dio el brazo a torcer con la prohibición anterior porque entendió que la restricción no impidió que el material llegara a manos de los usuarios. Ahora, el enfoque estatal se desplaza hacia un sistema de registro y fiscalización que pretende establecer estándares mínimos de seguridad para quienes decidan vapear.


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Los quioscos y tiendas especializadas ya no podrán exhibir los famosos equipos descartables que vienen con soluciones precargadas. Salud identificó a estos dispositivos como la principal puerta de entrada para los jóvenes y decidió retirarlos de la circulación legal de manera definitiva. La nueva norma solo autoriza la venta de líquidos con sabor a tabaco, mientras que las bolsas de nicotina podrán sumar el mentol como única alternativa al gusto tradicional.

El control publicitario será uno de los pilares más estrictos de este nuevo esquema regulatorio para las empresas tabacaleras. El texto oficial prohíbe el uso de imágenes de celebridades, diseños que resulten atractivos para menores y cualquier mensaje que pueda resultar engañoso para el consumidor. Estos productos quedarán ahora bajo la órbita de la Ley 26.687, lo que obliga a las marcas a incluir advertencias sanitarias visibles en cada uno de los envases que se comercialicen.


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Esta reglamentación alcanza por igual a cigarrillos electrónicos, dispositivos de tabaco calentado y cualquier variante tecnológica de administración de nicotina. Los fabricantes tienen la obligación de presentar declaraciones juradas con las fórmulas completas y estudios de emisiones realizados por laboratorios acreditados ante el Estado. La intención oficial es que cada “stick” o líquido que circule por la calle tenga un respaldo científico que hoy brilla por su ausencia en los puntos de venta informales.

Las empresas del sector deben adaptar sus estrategias de marketing para no quedar fuera del RNPTN, el nuevo registro nacional que centralizará toda la información del mercado. El Gobierno busca evitar que la estética de los productos naturalice el hábito entre los estudiantes secundarios, vinculando las restricciones de diseño con los datos de prevalencia de consumo juvenil. Esta medida intenta que el envase deje de ser un juguete tecnológico para convertirse en un producto de venta restringida que exige trazabilidad y seguridad constante.


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El trámite de inscripción se realizará a través de la plataforma de Trámites a Distancia y tendrá una vigencia de cinco años para cada producto autorizado. La Subsecretaría de Planificación tiene un plazo de 45 días para poner en marcha el engranaje administrativo que permitirá procesar las solicitudes de importación. Fabricantes e importadores deberán informar además los volúmenes de venta y grupos etarios que consumen sus marcas para que el Ministerio pueda monitorear la efectividad de las nuevas trabas.

Todo material que no cumpla con los requisitos técnicos o que intente eludir el registro será decomisado de inmediato por las autoridades de aplicación. La resolución es tajante al decir que los productos que no se ajusten a las categorías previstas no podrán ser importados ni comercializados bajo ninguna circunstancia dentro del país. Este filtro administrativo pretende que el Estado deje de correr detrás de la innovación tecnológica y logre anticiparse a las nuevas presentaciones que suelen aparecer en el vacío legal.


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El éxito de este cambio de paradigma dependerá exclusivamente de la capacidad que tenga el Ministerio para vigilar lo que ocurre en las estanterías de los comercios. El mercado legal ya tiene sus reglas escritas, pero el gran interrogante sigue siendo qué pasará con el enorme stock de productos descartables y prohibidos que hoy circula en los barrios. Si el control fiscal y sanitario no resulta efectivo, la apertura reglamentada corre el riesgo de convivir con un circuito ilegal que seguirá ignorando las advertencias oficiales sobre la salud.

Fuente: NA.

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