
Quilaqueo espera la pena por el incendio que arrasó 70 hectáreas en Nahuelpan
Policiales05/06/2026
REDACCIÓNLa Fiscalía pidió tres años en suspenso y capacitación ambiental. La defensa invocó pena natural por las quemaduras sufridas por el condenado.

La pena para Héctor Felipe Quilaqueo quedó en manos del juez después de un debate atravesado por el daño ambiental, las secuelas físicas del condenado y el alcance del castigo estatal. El hombre ya recibió declaración de culpabilidad por el delito de incendio, bajo la figura de estrago, y ahora resta conocer cuántos años de prisión le impondrán. La sentencia se informará el viernes 12 de junio, a las 12, en Esquel.
La discusión no giró sobre la autoría, porque esa etapa del juicio ya concluyó. El tramo final colocó frente a frente dos lecturas opuestas sobre la respuesta penal. La Fiscalía de Esquel pidió el mínimo legal de tres años de prisión de ejecución condicional, mientras la defensa reclamó que se tenga por cumplida la pena debido a las heridas que sufrió Quilaqueo durante el propio incendio.


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La fiscal María Botini y el procurador de fiscalía Ismael Cerda plantearon una condena que no implicaría cárcel efectiva. La ejecución condicional dejaría a Quilaqueo en libertad, siempre que cumpla reglas de conducta fijadas por la Justicia. Para los acusadores, esa salida resulta proporcional por la combinación de culpabilidad declarada y atenuantes personales.
El pedido fiscal valoró que Quilaqueo no registra condenas previas. También ponderó su conducta posterior al hecho, porque ofreció ayuda a un vecino afectado para reparar alambrados dañados. A esos puntos sumó las graves lesiones sufridas por el condenado, con quemaduras severas y heridas en vías respiratorias que lo mantuvieron internado en terapia intensiva.
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El arraigo personal también pesó dentro de la postura del Ministerio Público Fiscal. Los acusadores señalaron que Quilaqueo fue reconocido como un hombre de trabajo, miembro de la comunidad Nahuelpan y con sostén familiar sólido. Esa caracterización no anuló la responsabilidad penal, pero influyó en el tipo de pena solicitada.
La Fiscalía pidió dos condiciones concretas para sostener la ejecución condicional. La primera consiste en realizar una capacitación ambiental obligatoria mediante el curso de la “Ley Yolanda”, disponible en la plataforma de la provincia del Chubut. La segunda exige mantener pautas de convivencia pacífica, abstenerse de generar conflictos y sostener un trato respetuoso con los vecinos que resultaron víctimas.
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La defensa particular llevó el debate a otro terreno jurídico. El abogado reclamó la aplicación del principio de “pena natural”, con el argumento de que el dolor, las secuelas permanentes y el proceso judicial ya representan un castigo suficiente. También sostuvo que Quilaqueo se quemó cuando intentaba apagar el fuego para mitigar el daño.
El defensor relativizó además el informe ambiental. Calificó como “sobredimensionadas” las 70 hectáreas afectadas al compararlas con otros grandes incendios de la provincia. Ese planteo buscó reducir el peso del impacto territorial dentro de la discusión por la pena, aunque la declaración de culpabilidad ya había fijado la responsabilidad penal por el incendio.
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La Fiscalía rechazó de manera tajante ese razonamiento. Sostuvo que el pedido de no imponer pena resultaba “tardío”, porque la culpabilidad ya estaba declarada. También afirmó que la “pena natural” no corresponde cuando existen daños graves a terceras personas y al medioambiente.
Los acusadores remarcaron otro punto sensible para la zona rural y cordillerana. Indicaron que el uso del fuego estaba totalmente prohibido por la época del año y por las condiciones climáticas. En ese sentido, señalaron que se trataba de una regla conocida para quienes viven o trabajan en el campo, algo que “cualquier persona de campo conoce”.
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Quilaqueo habló antes del cierre del debate e insistió en que todo se trató de un accidente. Su explicación quedó incorporada al tramo final de una audiencia donde la pena todavía no se definió. El juez deberá resolver si acepta el mínimo legal propuesto por la Fiscalía, si incorpora las condiciones solicitadas o si toma otra decisión dentro del marco permitido.
El caso deja una consecuencia pendiente para las víctimas, para la comunidad Nahuelpan y para el sistema judicial de Esquel. La sentencia del 12 de junio deberá fijar si el castigo se traduce en prisión condicional con reglas de conducta o si la defensa logra que las lesiones sufridas por Quilaqueo pesen de otro modo. El límite operativo estará en cómo la Justicia equilibre el daño ambiental, las secuelas del condenado y la necesidad de prevenir nuevos incendios.

















