
Diez policías fueron imputados por prender fuego a un hombre durante un procedimiento
Policiales17/06/2026
REDACCIÓNLa acusación sostiene que la víctima estaba reducida e indefensa, que el acta fue falseada y que su declaración escrita cambió la causa.

El acta policial decía una cosa y la víctima, cuando logró declarar, contó otra muy distinta. Esa diferencia terminó quebrando la versión inicial de un operativo realizado en Rosario y llevó a la imputación de diez agentes de la Policía de Acción Táctica. El caso apunta a un hecho extremo: un hombre que estaba aprehendido, reducido y en el piso fue rociado con alcohol etílico y prendido fuego, según la acusación fiscal. Las quemaduras lo dejaron internado durante 40 días en terapia intensiva, comprometieron su sistema respiratorio y le provocaron lesiones tan graves que debió declarar por escrito porque el fuego afectó sus cuerdas vocales.
La audiencia imputativa se realizó este martes en la sala 10 del Centro de Justicia Penal de Rosario, donde se atribuyeron delitos de tentativa de homicidio triplemente agravado, encubrimiento y amenazas. La causa investiga lo ocurrido el 27 de mayo de 2024 en Larrechea al 1900, durante un procedimiento de flagrancia con aprehendidos y secuestro de cocaína. El hecho no quedó reducido a una agresión aislada dentro de un operativo, porque la Fiscalía sostiene que hubo una acción coordinada para ejecutar el ataque, impedir auxilio, falsear la documentación oficial y sostener una versión fabricada sobre lo ocurrido dentro de la vivienda.


OTRAS NOTICIAS:
El principal señalado por la acusación es David Pedro Zeballo, suboficial de la Policía de Acción Táctica. Según la imputación, tomó del lugar una botella de alcohol etílico de 500 mililitros, vertió el líquido sobre el rostro y la cabeza de la víctima y luego la prendió fuego con un encendedor. La Justicia consideró que ese accionar “implicó un ensañamiento y la intención de aumentar deliberada e innecesariamente el sufrimiento de la víctima”. La calificación penal incluye homicidio triplemente calificado en grado de tentativa, con ensañamiento, alevosía y abuso de la función policial durante el ejercicio del cargo.
La víctima se encontraba en una situación de total indefensión, de acuerdo con la acusación. Estaba aprehendida, reducida y en el piso cuando se produjo el ataque, por lo que no tenía capacidad real de defensa frente a los efectivos presentes. Las lesiones alcanzaron rostro, cuello, orejas, tórax y manos, además del compromiso respiratorio que agravó su estado clínico. La internación prolongada, la traqueotomía y la imposibilidad posterior de hablar colocan el caso en una escala de violencia institucional especialmente severa, porque el daño físico se extendió mucho más allá del momento del operativo.
OTRAS NOTICIAS:
La acusación también compromete a otros agentes por su presunta participación en el contexto que permitió el ataque. Omar Lorenzo Cabral, Juan José Feliciano González, Maximiliano Ortiz, Jesús Balais y Maximiliano Nicolás Cuevas fueron señalados por contener y asegurar el perímetro de la vivienda, neutralizar la posibilidad de defensa o auxilio de otros aprehendidos y garantizar la impunidad de lo sucedido. Para la Fiscalía, esa conducta permitió que la agresión se ejecutara sin riesgos para quienes la llevaban adelante. En esa lógica, el ataque no se explica solo por quien habría encendido el fuego, sino por el rol de quienes habrían protegido la escena.
El acta del procedimiento ocupa un lugar central en la investigación. Los policías involucrados habían dejado asentado que persiguieron a un grupo de hombres que escondía una mochila y que uno de ellos intentó incendiar el bolso, por lo que terminó quemado. Esa versión quedó bajo sospecha cuando la víctima sobrevivió y pudo declarar ante la Fiscalía. Su testimonio, realizado por escrito por las lesiones en las cuerdas vocales, modificó el rumbo del expediente. A partir de allí, la causa pasó de revisar un supuesto accidente dentro de un operativo a investigar una posible agresión policial seguida de falsedad documental.
OTRAS NOTICIAS:
La imputación sostiene que Cabral, González, Ortiz, Balais y Cuevas también participaron en la inserción de información falsa en el acta sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Esa falsedad habría permitido presentar el procedimiento como si el fuego hubiera sido provocado por la propia víctima y no por un efectivo policial. El punto es decisivo porque un acta policial tiene valor institucional y puede condicionar la primera lectura judicial de un hecho. Si ese documento se adultera, no solo se oculta una agresión: también se utiliza la autoridad pública como herramienta de encubrimiento.
Germán Alexis Narvaja, Isaías Esteban Basualdo, Estela Ailén Berón y María Eugenia Núñez fueron señalados por otra conducta dentro del mismo caso. Según la acusación, arribaron posteriormente al lugar, tomaron conocimiento de lo ocurrido y omitieron denunciar los delitos cometidos por sus compañeros, además de las falsedades insertadas u omitidas en el acta. En sus casos, las imputaciones se vinculan con encubrimiento agravado, omisión de persecución penal e incumplimiento de los deberes de funcionario público. La investigación les atribuye haber sostenido el silencio institucional cuando ya existían elementos para advertir la gravedad del hecho.
OTRAS NOTICIAS:
Las amenazas denunciadas contra otros detenidos completan la dimensión del expediente. A partir de testimonios, se incorporó una frase atribuida a los policías durante el operativo: “Fíjense lo que dicen de nosotros. Yo soy re sicario, yo robo, los mato a ustedes, soy más sicario que cualquiera de acá, ¿saben por qué? Porque yo soy policía y hago lo que quiero”. La cita no funciona como un dato lateral, sino como una posible forma de presión para condicionar declaraciones y asegurar que la versión falsa quedara en pie. En esa línea, la Fiscalía atribuyó amenazas coactivas a parte de los imputados.
El cuadro acusatorio diferencia responsabilidades entre los diez policías. Zeballo fue ubicado como autor del ataque principal; Cabral, González, Ortiz, Balais y Cuevas aparecen como partícipes primarios de la tentativa de homicidio; y Narvaja, Basualdo, Berón y Núñez quedaron ligados a delitos posteriores vinculados con encubrimiento u omisiones funcionales. Cabral y González también enfrentan acusaciones por falso testimonio agravado, mientras que María Eugenia Núñez fue imputada por omisión de persecución penal e incumplimiento de los deberes de funcionario público. En paralelo, el texto fuente recuerda que Balais ya cumple una condena a siete años de cárcel por robarle dinero y droga a un narco.
OTRAS NOTICIAS:
El límite pendiente queda en la evolución judicial de una causa que nació con un acta policial y cambió por la supervivencia de la víctima. La audiencia imputativa abrió una instancia formal contra diez agentes, pero el proceso deberá probar el ataque, las funciones de cada acusado, las falsedades documentales y las amenazas denunciadas. El expediente ya dejó una señal fuerte: la versión oficial del operativo quedó atravesada por una declaración escrita, secuelas físicas gravísimas y una imputación que coloca bajo revisión el uso de la fuerza, la verdad documental y la responsabilidad policial.
Fuente: NA.

















