
Estados Unidos intensifica la presión sobre Argentina por bienes producidos con trabajo esclavo
Actualidad03/10/2026
REDACCIÓNEstados Unidos aplicó aranceles adicionales a 60 economías, incluida Argentina, por falta de mecanismos contra productos forzados.



Desde el 24 de julio, la administración estadounidense implementó aranceles adicionales a los envíos de unas 60 economías, entre ellas la Argentina. Esta medida se tomó luego de concluir una investigación que determinó la ausencia de prohibiciones efectivas contra la importación de bienes producidos bajo condiciones de trabajo forzoso.
Gracias a los compromisos asumidos en un entendimiento bilateral, Argentina logró ubicarse en un segmento arancelario más benévolo, con una tasa del 10%. Esta posición es compartida con México y fue estipulada por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) con el objetivo de alentar el cumplimiento total de los convenios.


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En ese marco, Estados Unidos intensificó su presión diplomática y comercial sobre Argentina para exigir la prohibición formal de la importación de productos fabricados mediante trabajo esclavo. Este pedido es un compromiso central pendiente dentro del acuerdo bilateral vigente entre ambas naciones.
El representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, formalizó el planteo durante la cumbre de ministros de Comercio del G20 celebrada en Milwaukee. Allí, Washington impulsó una declaración conjunta suscrita por Argentina y México, la cual tiene como propósito erradicar el trabajo forzoso de las cadenas globales de suministro.
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Greer sostuvo en un comunicado oficial de la USTR: «Felicito a mis colegas de México y la Argentina por ponerse del lado de la realidad moral y económica y reconocer que el trabajo forzoso sigue existiendo como un problema aberrante de derechos humanos que distorsiona las cadenas globales de suministro». El funcionario ratificó que Washington continuará instando a la comunidad internacional a redoblar los esfuerzos para limpiar el comercio exterior de prácticas de explotación laboral.
Si bien la legislación argentina contempla severas sanciones penales y laborales para el trabajo esclavo a nivel doméstico, el país carece de mecanismos específicos en fronteras. Esta ausencia de herramientas punitivas aduaneras impide bloquear el ingreso de mercaderías producidas bajo esas irregularidades en el extranjero.
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Esta exigencia se encuentra estipulada en el artículo 2.9 del Acuerdo de Comercio e Inversión Recíprocos, pactado en noviembre y suscripto formalmente en febrero. En dicho acuerdo, la administración nacional se comprometió a adoptar e instrumentar una veda efectiva a la adquisición internacional de bienes obtenidos total o parcialmente bajo condiciones de trabajo forzoso, sin fijar un plazo perentorio para su ejecución.















