El Gobierno ordena derribar aeronaves hostiles por la visita del Papa

Actualidad05/11/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La medida, establecida por decreto y publicada en el Boletín Oficial, busca asegurar la protección aeroespacial en Buenos Aires y Córdoba ante la llegada del sumo pontífice.

Avión Armada Argentina
Avión Armada Argentina

El presidente Javier Milei delegó en el ministro de Defensa la autorización final para el uso de la fuerza que permita el derribo o destrucción de aeronaves hostiles de origen externo, con el propósito de agilizar la toma de decisiones en caso de emergencia. Estas disposiciones rigen en el marco de la visita del papa León XIV, quien arribará a la Argentina del 8 al 11 de noviembre.

Estas medidas adicionales de protección aeroespacial fueron oficializadas mediante el Decreto 1334/2026, publicado recientemente en el Boletín Oficial. Las nuevas reglas se aplicarán en la Ciudad y provincia de Buenos Aires, así como en Córdoba, las localidades que visitará el sumo pontífice.


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El Gobierno explicó que la ampliación de estas normativas es indispensable para «garantizar la protección de los intereses nacionales y objetivos de valor estratégico, adecuando las atribuciones y limitaciones a la libertad de acción en el empleo del instrumento militar, regulando la intensidad y modalidad en el uso de la fuerza ante las distintas situaciones que se presenten». Esto se justifica por la organización de «eventos a los que concurrirán numerosas autoridades nacionales y extranjeras e implicarán la congregación masiva de ciudadanos».

En consecuencia, el decreto autoriza expresamente el uso de la fuerza por parte de los medios del Sistema de Defensa Aeroespacial para el derribo o destrucción de vectores incursores de origen externo, siempre que sean declarados «hostiles». Esta categoría incluye a aviones, drones u otros objetos aéreos que representen una amenaza.


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Un «acto hostil» se define como un ataque armado o la utilización, o amenaza inminente de utilización, de un vector incursor como arma contra la vida de personas, intereses vitales de la Nación u objetivos estratégicos. Esta condición se debe verificar mediante indicios objetivos, como el empleo de armamento o el mantenimiento de una trayectoria, altitud o velocidad compatible con un ataque, incluso después de las advertencias.

Por otra parte, las situaciones que involucren aeronaves de origen interno quedan bajo la órbita de la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y sus modificaciones. Esta legislación admite el empleo de elementos de combate de las Fuerzas Armadas únicamente de forma excepcional y previa declaración de estado de sitio.


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El financiamiento de estas acciones se realizará a través de las partidas presupuestarias ordinarias correspondientes al Ministerio de Defensa, el Ejército, la Fuerza Aérea y el Estado Mayor Conjunto. El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Defensa Carlos Alberto Presti.

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