CÓMO MANTENER EL SUBSIDIO ELÉCTRICO NACIONAL

Se deben cumplir determinados requisitos contemplados en la normativa nacional vigente desde febrero de este año y obtener constancia en la empresa de gas.

Actualidad03 de julio de 2024Christian DeviaChristian Devia
Sin subsidios eléctricos la factura de luz es más cara
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Desde febrero de este año, la normativa nacional ha establecido requisitos específicos para que los usuarios puedan mantener el subsidio eléctrico. La Secretaría de Energía de la Nación ha determinado topes de consumo que deben respetar los usuarios para seguir recibiendo este beneficio. A continuación, detallamos los criterios y procesos necesarios para cumplir con estas disposiciones.

Topes de Consumo y Categorías de Usuarios
Los usuarios del servicio eléctrico están clasificados en dos categorías principales: N2 y N3. Para cada una de estas categorías se han establecido límites de consumo que determinan la elegibilidad para recibir el subsidio:

  • Usuarios N2: Tienen un tope de consumo de 350 kW. Sin embargo, si no cuentan con red de gas, este límite se eleva a 700 kW.
  • Usuarios N3: Tienen un tope de consumo de 250 kW. Si carecen de red de gas, el tope se incrementa a 700 kW.

Certificado de No Cliente de Gas
Para aquellos usuarios que no tienen acceso a la red de gas, es imprescindible obtener el Certificado de No Cliente expedido por Camuzzi Gas del Sur S.A. Este documento debe ser gestionado a través del portal web de Camuzzi y es necesario para validar la condición de no contar con suministro de gas, permitiendo así acceder a los topes de consumo más altos.

Procedimiento en Puerto Madryn
En Puerto Madryn, una vez obtenido el Certificado de No Cliente, los usuarios deben presentarlo en las oficinas de SERVICOOP, ubicadas en Fontana N° 42. Además, deben adjuntar los datos de socio y cuenta, así como la dirección del servicio de energía. Esta disposición aplica únicamente durante el periodo invernal, de julio a septiembre de 2024.

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Criterios de Exclusión del Subsidio
El gobierno nacional, a través de la Secretaría de Energía, ha definido una serie de criterios para excluir a ciertos hogares del subsidio energético. Estos criterios, basados en presunción de ingresos no declarados, incluyen:

  • Ser titular de una aeronave o embarcación de lujo.
  • Tener la titularidad total de dos o más inmuebles.
  • Poseer un automóvil con una antigüedad inferior a 5 años o dos automóviles con una antigüedad menor a 10 años.
  • Ser dueño de un automóvil de lujo o colección, independientemente de su antigüedad.
  • Tener medicina prepaga no vinculada a empleo en relación de dependencia.
  • Registrar más de una salida a países no limítrofes en los últimos 5 años.
  • Ser parte del directorio o propietario de una empresa privada (IGJ).
  • Tener consumos en tarjeta de crédito superiores a cinco Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM).
  • Comprar moneda extranjera en al menos uno de los últimos tres meses.
  • Registrar consumos en billeteras virtuales superiores a cinco SMVM.
  • Tener consumos en telefonía móvil superiores al 25% del SMVM.

   

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