
La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso y habilitó el desarrollo del proyecto minero Dominga
Actualidad17/09/2025
REDACCIÓN
La Corte Suprema de Justicia de Chile, resolvió declarar inadmisible el recurso de casación presentado por el Gobierno y organizaciones ambientalistas en contra del proyecto minero y portuario Dominga. La decisión del máximo tribunal despeja el camino judicial y ratifica que la Resolución de Calificación Ambiental N° 161/2021, que avala la iniciativa, sigue vigente.


El tribunal sostuvo que no corresponde el recurso planteado, ya que la resolución del Primer Tribunal Ambiental no fue una sentencia definitiva, sino un mandato para que el Comité de Ministros emitiera una nueva resolución. “No se abre un nuevo debate sobre el fondo ambiental del proyecto Dominga”, señaló la Corte en su comunicado.
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De esta manera, el máximo tribunal bloqueó el ingreso de nuevas impugnaciones por la vía judicial y dejó en pie la obligación del Comité de Ministros de volver a pronunciarse. El nuevo dictamen deberá atender las observaciones indicadas en la sentencia anterior, pero sin afectar la validez de la aprobación ambiental ya otorgada.
El fallo fue emitido por la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus y Diego Simpértigue. La decisión marca un hito en el largo proceso judicial del proyecto, que durante años enfrentó recursos por parte de sectores políticos y ambientales.
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Dominga contempla la construcción de un complejo minero y portuario en la Región de Coquimbo, con una inversión millonaria y un fuerte impacto en la economía local. Sus detractores insisten en que amenaza ecosistemas marinos y reservas naturales, mientras que sus defensores destacan su capacidad para generar empleo e ingresos fiscales.
Con la resolución de la Corte, el eje del debate vuelve al plano administrativo y político. El Comité de Ministros deberá resolver bajo qué condiciones el proyecto podrá continuar, aunque la habilitación ambiental de base permanece firme.
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El fallo también genera un precedente para otros proyectos de inversión que suelen enfrentar extensas controversias ambientales. Los jueces remarcaron que la vía judicial no puede sustituir los procedimientos administrativos previstos en la legislación vigente.
Fuente: Emol.cl

















