PARA LOS JUECES PLANTEAR FUEROS "ES BASTARDEAR LA GARANTÍA CONSTITUCIONAL"

Desde Prensa de Fiscalía dieron a conocer los párrafos más trascendentes de la resolución de los ...

Actualidad17 de agosto de 2016 Actualidad

Desde Prensa de Fiscalía dieron a conocer los párrafos más trascendentes de la resolución de los integrantes de la Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn sobre el planteo de fueros por parte del sindicalista Hernández. 


Los camaristas Rafael Lucchelli, Leonardo Pitcovsky y Flavia Trincheri argumentaron que: “Intentar buscar protección personal en una garantía constitucional concebida para defender los derechos de los trabajadores, esto es, no hacer callar la voz de sus representantes (inmunidad de opinión) o para no apartarlo de la vida pública en defensa de los intereses de sus representados (inmunidad de arresto); en un hecho, como el que se investiga, alejado absolutamente de los casos que la Constitución protege, es bastardear la garantía constitucional reconocida, desvirtuando la esencia de la prestigiosa labor que deben cumplir”.


Los camaristas enfatizaron que los fueros "se vinculan a los hechos o actividades que realizan en relación a la función que cumplen y por el que fueron imbuidos oportunamente", (...) dentro de la función sindical se protegen las expresiones y la actividad propia de su función, como representante de un grupo de trabajadores, lo que no implica una garantía que resguarde sus actos personales ajenos a tal función, particularmente, y vinculados a una conducta presuntamente delictiva -enmarcado dentro de un hecho contra la integridad sexual-, como es el caso que se investiga".


FUENTE: Prensa Fiscalía.

   

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