
Retiran del mercado un aceite de oliva por registros inexistentes y rotulado apócrifo
Actualidad30/01/2026
REDACCIÓN
La medida rige en todo el país y en ventas online tras constatar RNE y RNPA inexistentes; también hubo prohibiciones provinciales por circulación del producto.


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de aceite de oliva en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea, luego de verificar irregularidades en los registros sanitarios y un rotulado falso.
La decisión quedó formalizada mediante la Disposición 192/2026, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el titular del organismo, Luis Eduardo Fontana. El alcance de la medida comprende al producto “Aceite de Oliva extra virgen; marca: Tierra de Oliva”, que consignaba números de RNE y RNPA que no existen.
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Según informó la autoridad sanitaria, la actuación se inició tras una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), lo que activó la intervención del Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos. En esa instancia se corroboró que ya existían notificaciones previas y que los registros declarados en el rótulo no figuraban en los sistemas oficiales.
El producto había circulado en Santa Fe, donde la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) emitió una medida local de prohibición sobre elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición. Una decisión similar se adoptó en Córdoba, a partir de una resolución de la municipalidad de Marcos Juárez.
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En su resolución, la Anmat sostuvo: “El producto se halla en infracción por carecer de registros sanitarios de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser, en consecuencia, apócrifo”.
El organismo agregó que la determinación apunta a resguardar a los consumidores y explicó los fundamentos técnicos de la medida. “A fin de proteger la salud de los ciudadanos, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no puede garantizarse su inocuidad, su trazabilidad, sus condiciones de elaboración y su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente”, indicó el texto oficial.
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Finalmente, la Anmat aclaró que la disposición se inscribe en las funciones de fiscalización y control que le competen en materia de responsabilidad sanitaria, y que la prohibición se mantiene vigente en todo el país y en canales de venta online mientras persista la condición irregular del producto.
Fuente: LA NACION.















