El Consejo Federal Pesquero reactivó un permiso del “San Lucas I” tras once años de baja

Actualidad31/01/2026Sergio BustosSergio Bustos
buque Lucas I
Polémica reactivación de un permiso.

En la última acta de 2025, el Consejo Federal Pesquero trató una solicitud que volvió a poner en circulación un expediente con más de una década de historia. El tema llegó de la mano de varias firmas vinculadas al buque potero “San Lucas I”, que reclamaron dejar sin efecto una medida tomada en 2014. La discusión se centró en el criterio aplicado para revisar la falta de justificación de inactividad que, en su momento, derivó en la baja del permiso.

El barco aparece asociado a las empresas “FruMar Frutos Marinos” y “Pesquera Mar Abierto”, señaladas como propietarias originales. La embarcación quedó fuera de actividad luego de que se definiera que no se presentó la documentación necesaria sobre una medida cautelar que impedía su operación. En el acta de 2025, el Consejo evaluó nuevos elementos y tomó una resolución que modificó aquel cierre administrativo.

El caso también sumó a otras compañías que pidieron la revisión: “Productos Marinos Promar”, “la Cooperativa de Trabajo Apoyo Marítimo y Portuario” y “Pesquera Virgen de Itatí”. En conjunto, solicitaron que se deje sin efecto lo dispuesto por el Consejo en 2014 y se restituya el permiso de pesca del potero. La presentación incluyó documentación respaldatoria aportada por una de las propietarias originales del buque, según el texto fuente.


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En la fundamentación, los consejeros dejaron asentado que de esa documentación “surge que FruMar Frutos Marinos no había sido responsable en sede judicial por la deuda reclamada en el proceso en que trabó la medida que impidió la operación comercial del buque, y que fue el motivo por el cual se decidió no justificar la inactividad comercial del buque”. Con ese argumento, el Consejo revisó el expediente y habilitó el retorno del permiso tras once años. La decisión se votó en forma unánime, de acuerdo a lo expuesto.

La medida se vuelve relevante porque el antecedente administrativo de 2014 se apoyaba en un punto distinto: la falta de acciones y documentación exigida para sostener la solicitud. En aquel momento, el Consejo advirtió que las empresas “no habían cumplido con la carga de motivar adecuadamente la nueva solicitud de justificación”. También remarcó que, al presentar papeles, no se incorporó la sentencia completa, lo que quedó expresado como “incumpliendo una vez más lo claramente establecido”.

Antes del rechazo, el propio cuerpo colegiado otorgó un plazo para completar lo solicitado. El texto fuente indica que se dieron 10 días a FruMar Frutos Marinos y Pesquera Mar Abierto, pero el período venció sin novedades documentales. Con ese cuadro, los consejeros resolvieron “por unanimidad rechazar el pedido de justificación de la inactividad comercial del buque San Lucas I”, el 11 de diciembre de 2014.


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La actividad operativa del potero también forma parte del contexto que aparece en el expediente. La última marea registrada para el buque “Lucas I” se ubicó en mayo de 2012, según la fuente. En ese entonces, el Consejo justificó la inactividad de la temporada 2013 por una medida cautelar que impedía el despacho a la pesca de la embarcación.

Ese tramo previo muestra que, para justificar una inactividad vinculada a decisiones judiciales, el Consejo pedía señales concretas de gestión ante la Justicia. El texto señala que “la presentación de documentación que diera crédito de una clara intención de que se levantara la medida judicial” resultaba determinante para la evaluación. En 2014, ese requisito quedó en el centro del rechazo y derivó en la baja del permiso.

Con el giro de 2025, el foco quedó puesto en el alcance real que puede tener una resolución judicial sobre un acto administrativo del Consejo. El texto fuente plantea que se trata de “una medida no vista anteriormente” y advierte que, en principio, decisiones judiciales no podrían revertir una medida tomada bajo normativa pesquera. La observación se apoya en que la baja del permiso se vinculó al incumplimiento de mecanismos exigidos por el propio organismo.


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La revisión del caso también abre una pregunta práctica dentro del sector: si otras empresas con permisos caídos por inactividad y medidas cautelares podrían impulsar reclamos similares. El texto afirma que “este acto podría abrir la puerta para que otras empresas que no lograron justificar la inactividad por medidas cautelares y que luego lograron sentencias favorables, reclamen por sus permisos dados de baja en el pasado.” La discusión, entonces, deja de ser un expediente aislado y pasa a tocar un punto sensible para el esquema de permisos.

En ese marco, la fuente agrega un planteo institucional que apunta a la consistencia del criterio aplicado. Señala: “Si esta es una nueva política del Consejo Federal Pesquero, debiera quedar claramente establecida para que, como corresponde, todos puedan ser beneficiados de la misma manera, en pos de la igualdad ante la ley.” La frase resume el interrogante que queda flotando: cómo se fijan reglas claras para decisiones que, por su naturaleza, pueden marcar precedentes en el sistema.

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