
La Corte Suprema anuló un fallo por omisiones graves en un caso de pasajes sin usar durante el COVID
Actualidad28/06/2026
REDACCIÓNEl máximo tribunal del país intervino en una disputa que comenzó con un par de pasajes aéreos y terminó exponiendo fallas técnicas serias en una sentencia comercial.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti revisaron el expediente y encontraron que el fallo de primera instancia presentaba omisiones que lo hacían insostenible. La decisión fue tajante: dejar sin efecto la sentencia y ordenar un pronunciamiento nuevo.
El caso involucra a Héctor D'orazi, quien compró pasajes a través de Despegar.com.ar SA y no pudo utilizarlos por las restricciones sanitarias impuestas durante la pandemia de covid-19. La empresa no le devolvió el dinero ni le ofreció alternativas satisfactorias, lo que motivó una demanda por daños y perjuicios. D'orazi reclamó además la actualización del valor de las sumas pagadas, un punto que resultaría central en la revisión posterior.


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El juez comercial Hernán Papa admitió parte del reclamo pero resolvió de manera acotada. Dispuso el reembolso de los tickets pero rechazó los daños y perjuicios, descartó el daño punitivo y, de forma llamativa, no se pronunció sobre el pedido de actualización monetaria. Ese silencio sobre uno de los ejes del planteo fue uno de los argumentos que la Corte tomó para anular el fallo.
El segundo problema detectado fue numérico y concreto. D'orazi había abonado 82.221 pesos por los pasajes, cifra que fue confirmada por el peritaje contable producido en el expediente. Sin embargo, el juez fijó la condena en 76.218,20 pesos, una suma menor "sin expresar motivo alguno". La diferencia entre lo acreditado y lo ordenado pagar quedó sin explicación en la sentencia.
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La Corte también señaló que el juez omitió analizar el planteo sobre trato desigual en la relación de consumo. Esta dimensión del caso apuntaba a desequilibrios estructurales entre el pasajero y la empresa, un aspecto que las normas de defensa del consumidor obligan a considerar. Ignorarlo sin fundamentación implicó, según el tribunal, una falla adicional en la motivación del fallo.
El conjunto de esas omisiones llevó a Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti a calificar el acto jurisdiccional como uno que carecía de los requisitos mínimos por "arbitrariedad manifiesta". Esa categoría, consolidada en la jurisprudencia de la Corte, implica que la sentencia no puede sostenerse como acto razonado de autoridad. No se trató de un error menor de apreciación sino de defectos que comprometen la validez del fallo completo.
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El expediente llegó al máximo tribunal luego de que D'orazi apelara la resolución de primera instancia. La causa escaló en el sistema judicial hasta alcanzar a los tres ministros que integraron la sala decisoria. El hecho de que la Corte haya intervenido en un caso que podría parecer de cuantía menor revela la importancia que el tribunal asigna a la motivación adecuada de las sentencias, incluso en litigios de consumo.
La pandemia de covid-19 generó miles de conflictos similares en Argentina: pasajeros con tickets comprados que no pudieron volar, empresas que retuvieron fondos y una juridicidad que debió adaptarse a un escenario inédito. Muchos de esos casos tramitaron en juzgados comerciales con distintos criterios sobre reembolso, actualización y daños. El fallo de D'orazi contra Despegar ingresa en ese universo y suma un precedente sobre cómo deben resolverse esos planteos con rigor técnico.
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La Corte no resolvió el fondo del asunto ni determinó cuánto debe cobrar D'orazi. Ordenó que otro juez dicte una nueva sentencia que responda todos los planteos del damnificado, incluida la actualización de los montos. El caso volverá así a la justicia comercial con la obligación de pronunciarse sobre cada uno de los puntos omitidos, esta vez sin margen para el silencio injustificado.







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