
Herencia en Viedma: Justicia obliga a Provincia a probar abandono familiar
Actualidad25/10/2026
REDACCIÓNSobrinos reclaman herencia de tía fallecida. Fiscalía de Río Negro busca excluirlos; Justicia obliga al Estado a juicio para probar "indignidad sucesoria".



La Justicia resolvió que la Provincia de Río Negro deberá iniciar un juicio ordinario si pretende excluir a dos sobrinos de una herencia en Viedma por un supuesto abandono familiar. El fallo estableció el procedimiento que deberá seguir el Estado para sostener su acusación, sin que la imputación por sí sola les quite el derecho a heredar. La decisión no determinó si existió abandono, sino que fijó las reglas para que ambas partes puedan presentar pruebas y ejercer su defensa.
La disputa comenzó tras el fallecimiento de una mujer el 20 de febrero de 2024, quien dejó una propiedad en la calle Moreno, un departamento en la calle Tucumán y una caja de seguridad en el Banco Patagonia. Inicialmente, la herencia fue considerada vacante y la Fiscalía de Estado inició los trámites para incorporarla al patrimonio provincial. Sin embargo, el expediente cambió de rumbo con la aparición de dos sobrinos, hijos de una hermana de la fallecida, quienes acreditaron su vínculo familiar.


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La Fiscalía de Estado no cuestionó el parentesco, pero planteó que los familiares no deberían recibir los bienes por una posible "indignidad sucesoria". Sostuvo que habrían desatendido a su tía durante sus últimos años de vida. Esta postura fue respaldada por la persona que originalmente denunció la herencia vacante, quien aseguró que los sobrinos no se habían ocupado de las necesidades de la mujer, mientras otra persona asumió su cuidado y sostenimiento.
Por su parte, los sobrinos rechazaron las acusaciones y argumentaron que su tía contaba con recursos propios para sus necesidades, como ingresos previsionales y bienes. Su defensa también sostuvo que nunca existió un reclamo alimentario en su contra. Además, afirmaron que la distancia geográfica y los períodos de residencia en el extranjero no pueden interpretarse automáticamente como una conducta de abandono.
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El juez a cargo del caso diferenció el derecho a reclamar una herencia por parentesco de la posibilidad de excluir a un heredero por indignidad. Dado que el vínculo familiar estaba acreditado y los bienes aún no se habían entregado al Estado, el magistrado rechazó la postura provincial. La resolución judicial indica que en el futuro juicio deberán analizarse las necesidades de la mujer y la conducta de los sobrinos.
Para respaldar su posición, el organismo provincial citó antecedentes de un expediente de familia relacionado con la capacidad de la mujer. En esa causa judicial previa se había determinado que padecía un trastorno neurocognitivo mayor y atravesaba una situación de especial vulnerabilidad. En ese contexto, también se había dispuesto la intervención de una persona de apoyo para asistirla.
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