DIPUTADOS GIRÓ AL SENADO LA LEY DEVOLUCIÓN DEL IVA

La iniciativa para reintegrar el impuesto tuvo 134 votos a favor y la abstención del interbloque de Juntos por el Cambio, por considerar inflacionario el proyecto.

Actualidad11/10/2023Gladys VidelaGladys Videla
Compra-Sin-IVA
Compra sin IVA

Diputados aprobó y giró al senado el proyecto de Ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a los sectores de menores ingresos en las compras realizadas con tarjetas de débito. Bloques provinciales, partidos de izquierda y libertarios acompañaron la iniciativa del oficialismo.

El debate se extendió por mas de 4 horas con 36 oradores, la iniciativa sumó 134 votos a favor y ninguno en contra, por su parte el partido Juntos por el Cambio se abstuvieron de votar por considerar a la medida de “inflacionaria”.

En carácter de miembro informante, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller (Frente de Todos), destacó que “con la devolución del IVA no hay razón para que los precios se muevan; una medida administrativa de la AFIP, que, por un lado, percibe el impuesto y, por el otro, se lo reintegra a los beneficiarios”.

“Estamos convencidos de que este proyecto es superior a la idea de eximir del IVA a determinados productos, que además de generar problemas en las distintas cadenas de producción y distribución de bienes, no se termina muchas veces, en general, evidenciando en los precios de los productos, que no baja porque se elimine el IVA para esos productos”, agregó el legislador oficialista.

Cartel de "compre sin iva"YA SE REINTEGRARON 36.840 MILLONES POR EL "COMPRE SIN IVA"

El proyecto de devolución del IVA

La propuesta, que consta de nueve partes, indica que las nuevas normas entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2024 y permiten que la entidad responsable pueda extender los grupos beneficiados por la ley.

En la primera sección, se determina que las personas que recibirán el reembolso del Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluirán a aquellos que cobren jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, siempre que el monto mensual no supere seis veces el salario mínimo garantizado. También se incluyen los beneficiarios de asignaciones universales por hijo y de embarazo para protección social.

Este beneficio se aplicará a los trabajadores que tengan empleo en el sector público o privado, siempre que su salario mensual no exceda seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Además, abarca a las personas bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y a los contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que estén dentro de la Ley 24.977.

Telam informa que el proyecto también menciona que “las compras de bienes a través de la Tarjeta Alimentar o de tarjetas otorgadas a beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo” estarán cubiertas por este Programa.

En la sección 4 del proyecto se estipula que “el reembolso mensual estipulado en este Programa no superará el 21% del costo de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, actualizada cada mes”.

   

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