AUMENTO DEL MÍNIMO NO IMPONIBLE A LAS GANANCIAS

El mínimo no imponible se actualiza a partir de septiembre, subiendo a $2.040.300 para solteros sin hijos y a $2.682.208 para casados con dos hijos.

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Impuesto
Aumento del mínimo no imponible de Ganancias: quiénes deberán pagar el impuesto.

A partir de este mes, los trabajadores con ingresos más elevados verán un nuevo ajuste en el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias. El incremento, que acompaña la inflación acumulada en los últimos tres meses, implica que el mínimo para tributar este gravamen subirá de $1.800.000 a $2.040.300 en bruto para los solteros sin hijos, mientras que para los casados con dos hijos el piso pasará de $2.300.000 a $2.682.208.

Ajuste en base a la inflación

El ajuste responde a la variación de precios medida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) entre junio y agosto, período en el que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumuló un 13,3%. Esta medida es parte de la reforma fiscal que busca adaptar los umbrales salariales a las fluctuaciones inflacionarias, de manera que el impacto del impuesto no afecte desproporcionadamente a los asalariados ante el aumento del costo de vida.

La novedad que acompaña este ajuste es que, a partir de 2025, los montos y escalas del Impuesto a las Ganancias serán revisados semestralmente. Las actualizaciones se realizarán dos veces al año, el 1° de enero y el 1° de julio, y estarán vinculadas al IPC del semestre anterior. Esta medida tiene como objetivo hacer que el impuesto sea más predecible y ajustado a las condiciones económicas, brindando mayor estabilidad a los trabajadores en términos fiscales.

Impacto en los salarios

Con esta actualización, muchos trabajadores que hasta ahora estaban alcanzados por el tributo quedarán exentos del pago del Impuesto a las Ganancias. El aumento en el umbral del mínimo no imponible se implementa para evitar que los trabajadores pierdan poder adquisitivo debido a la inflación, manteniendo el espíritu de que solo los salarios más altos contribuyan con el gravamen.

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De este modo, los empleados con ingresos brutos superiores a los $2.040.300, en el caso de los solteros, y a los $2.682.208, en el caso de los casados con dos hijos, seguirán siendo los principales afectados por este tributo, mientras que aquellos que perciban ingresos por debajo de estos montos quedarán exentos.

   

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