La Legislatura de Neuquén aprobó la ley de ficha limpia

La ley prohíbe el acceso a cargos públicos a personas con condenas confirmadas por delitos graves, deudas alimentarias o inhabilitaciones previas.

Política26/03/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Legislatura de Neuquén
Legislatura de Neuquén

La Legislatura de Neuquén aprobó este miércoles en general el proyecto de ley de Ficha Limpia, enviado por el gobernador Rolando Figueroa, que establece restricciones para acceder a cargos electivos y funciones públicas. La norma fue respaldada por 28 diputados y rechazada por cinco votos de Unión por la Patria y la izquierda. Este jueves se tratarán los artículos en particular.

El objetivo es impedir que personas con antecedentes penales, deudas o sanciones puedan ocupar funciones en el Estado provincial. La ley alcanza a candidatos a cargos electivos, funcionarios del Ejecutivo, del Poder Judicial, del Tribunal de Cuentas, del Consejo de la Magistratura y también a autoridades municipales.

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Entre los principales puntos, se prohíbe ser candidato a quienes tengan condenas firmes en segunda instancia por delitos dolosos comunes o federales. También quedarán inhabilitados los imputados con restricciones a la libertad, mientras dure la medida judicial. El impedimento cesa solo si recuperan la libertad o se revoca la condena.

Además, no podrán postularse ni ejercer cargos quienes tengan condenas por delitos vinculados al tráfico de estupefacientes, delitos del Régimen Penal Tributario o contra la administración pública.

La prohibición también alcanza a quienes estén inscriptos en el Registro Provincial de Violencia Familiar y de Género, los deudores alimentarios morosos y quienes hayan sido inhabilitados por juicio político u otra sanción constitucional.

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Otro punto clave es la incorporación de quienes hayan sido beneficiados con la suspensión de juicio a prueba (“probation”) por delitos dolosos o contra la administración pública. En esos casos, el impedimento también se mantendrá mientras dure el beneficio, excepto para delitos culposos o lesiones leves.

La inhabilitación será perpetua, salvo revocación judicial. Esto significa que aun si la persona cumple su condena o la pena queda firme, no podrá volver a presentarse o ser designada, a menos que la sentencia sea anulada.

Al momento de oficializar una candidatura, el postulante deberá presentar declaración jurada y certificados que acrediten no estar alcanzado por ninguna causal de exclusión.
Entre los documentos exigidos figuran el libre deuda alimentaria, el certificado de no inscripción en registros de violencia de género y antecedentes penales. La Justicia Electoral deberá verificar esa documentación.

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La norma también alcanza a ministros, secretarios, subsecretarios, vocales, presidentes de entes y todo funcionario equivalente.
Incluye a quienes ocupen funciones en los tres poderes del Estado, y la Junta Electoral no podrá proclamar electos a quienes resulten alcanzados por alguna de las inhabilitaciones, incluso si ya fueron votados.

El artículo 6° invita a los municipios de primera categoría a adherir a la normativa. Esto permitiría extender el alcance de la ley a los gobiernos locales, promoviendo un estándar ético común en toda la provincia.

Con esta aprobación, Neuquén se suma a otras jurisdicciones que ya implementaron leyes de Ficha Limpia, como Mendoza, Salta y Jujuy. El texto aprobado modifica el artículo 68 del Código Electoral Provincial.

   

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