Nueva normativa flexibiliza la marina mercante y habilita bandera extranjera temporal

Actualidad22/05/2025Sergio BustosSergio Bustos
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Flexibilizan la marina mercante.

El Poder Ejecutivo oficializó un nuevo régimen para la marina mercante. El Decreto 340/2025 introduce reformas estructurales para flexibilizar y modernizar la navegación comercial, con el objetivo de reducir costos operativos y atraer inversiones.

La medida responde a reclamos del sector marítimo y fluvial. El Gobierno considera estratégica a la marina mercante, tanto para el desarrollo económico como para la integración regional.

El decreto permite suspender la bandera argentina sin perder la matrícula. Los armadores podrán inscribir sus buques en registros extranjeros para reducir cargas administrativas y mejorar su competitividad.

La navegación comercial fue declarada servicio esencial. En caso de conflicto laboral, se deberá garantizar un 75% del servicio habitual, para mantener la continuidad operativa.

La norma elimina trámites para armadores nacionales. Ya no será obligatoria la renovación anual del registro, y se amplían las formas de contratación de tripulación.

Se autoriza el uso de personal contratado por gremios o entidades habilitadas. Esta decisión abre el abanico de operadores y reduce restricciones burocráticas.

La Agencia Nacional de Puertos podrá otorgar permisos temporales a buques extranjeros. La condición es que no existan embarcaciones nacionales disponibles para una ruta o servicio de cabotaje.

Los permisos podrán extenderse por 180 días, con posibilidad de renovación. En todos los casos, se deberá respetar la legislación laboral y tributaria argentina.


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Buques extranjeros con más de 60 días operativos anuales deberán tener tripulación nacional. Para permisos menores, se aplicará un plazo de espera antes de renovar.

Buques bajo bandera nacional deberán emplear tripulantes argentinos. La excepción será por no disponibilidad comprobada, con habilitación para contratar personal extranjero calificado.

La norma incluye una facilitación aduanera para cabotaje interno. Pasajeros y cargas no estarán sujetos a revisión, salvo sospecha de fraude, si existe presencia de guarda a bordo.

Las inspecciones de seguridad seguirán estándares internacionales. Las realizará personal oficial, con costos limitados para los armadores nacionales.

Buques extranjeros respetarán la normativa del país de origen. Pero operarán bajo jurisdicción de la Prefectura Naval Argentina, en territorio nacional.

El decreto define criterios para cabotaje fronterizo. Las mercaderías extranjeras deberán documentarse según legislación nacional y acuerdos bilaterales.

Se otorga tratamiento de bandera nacional a buques arrendados. Se incluye el arrendamiento a casco desnudo con hasta 20 años de antigüedad, para transporte, remolque o dragado.

Estos buques accederán a un régimen de importación temporaria. La excepción no alcanza a buques pesqueros, deportivos o de bajo tonelaje.

La medida busca reactivar la flota mercante nacional. El Gobierno apunta a incrementar su presencia en fletes internos e internacionales.

Se eliminan artículos de la Ley de Navegación. También se deroga el Decreto-Ley 19.492/44, para suprimir obstáculos legales obsoletos.


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Se disuelve la Comisión Asesora de la Industria Naval. Esto busca acelerar la gestión estatal y reducir estructuras duplicadas.

El Ejecutivo aspira a integrar la región a través de los ríos. La medida se enfoca en las cuencas del Paraná, Paraguay y Uruguay.

El régimen busca mejorar la sostenibilidad de la flota nacional. También fomenta el cumplimiento de normas ambientales y de seguridad.

El decreto entrará en vigencia el 22 de mayo. La información ya fue enviada a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

El Gobierno quiere revertir el retroceso del sector. La marina mercante argentina perdió participación en los últimos años por altos costos y rigidez legal.

La normativa apunta a modernizar la logística regional. Se espera un aumento de inversiones y más empleo en puertos y flotas.

La industria naval tendrá más libertad operativa. La flexibilización legal busca estimular la renovación de embarcaciones y el ingreso de tecnología.

El Ejecutivo firmó el decreto con todos sus ministros. Entre ellos figuran Francos, Petri, Bullrich, Caputo y Sturzenegger.

La pesca quedó fuera del nuevo régimen. No podrá acceder a los beneficios habilitados para otras embarcaciones.

El texto aclara las exclusiones de manera explícita. La pesca, junto a embarcaciones deportivas, no gozará del tratamiento de excepción.

El sector pesquero ya expresó su malestar. Empresarios y gremios reclaman igualdad de condiciones frente a otras ramas del transporte marítimo.

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