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EL SENADO SANCIONÓ VIRTUALMENTE LA “LEY SILVIO”
La Cámara alta aprobó por unanimidad el proyecto venido en revisión de Diputados. Lleva ese nombr...
Actualidad 21 de mayo de 2020 Roxana EtcheverryLa Cámara alta aprobó por unanimidad el proyecto venido en revisión de Diputados. Lleva ese nombre en homenaje a Silvio Cufré, el primer enfermero fallecido por coronavirus.
La “Ley Silvio”, de protección al personal del sistema de salud, es una de las tres leyes que este jueves el Senado sancionó, por primera vez en su historia, durante una sesión remota.
Su nombre es en homenaje a Silvio Cufré, el enfermero oriundo de la provincia de Buenos Aires que fue el primer trabajador de la salud que falleció en el país a causa de Covid-19.
https://www.youtube.com/watch?v=Q059p425XH0
La norma, de autoría del diputado Eduardo “Bali” Bucca (Interbloque Federal), había sido aprobada la semana pasada por la Cámara baja. Los senadores la aprobaron por unanimidad.
El presidente de la Comisión de Salud, Mario Fiad (UCR), confesó que le hubiera gustado que esta ley “no solo fuera” una “norma circunstancial y excepcional”. Para el radical, la norma “visibiliza fundamentalmente a los que durante mucho tiempo han estado invisibilizados” y reflexionó que, a raíz de la pandemia, “hemos tomado consciencia de lo que significa que el personal que nos cuida, se enferme”.
En qué consiste la “Ley Silvio”
La ley declara “prioritaria para el interés nacional la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores y voluntarios que cumplen con actividades y servicios esenciales” durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de coronavirus.
El “Programa de Protección al Personal de la Salud” alcanzará a “todo el personal médico, de enfermería, de dirección y administración, logístico, de limpieza y demás, que presten servicios en establecimientos de salud donde se efectúen prácticas destinadas a la atención de casos sospechosos, realización de muestras y tests, y/o atención y tratamiento de Covid-19, cualquiera sea el responsable y la forma jurídica del establecimiento”.
De acuerdo a la norma, las clínicas y hospitales deberán “garantizar medidas de bioseguridad en las áreas de los establecimientos dedicadas específicamente a la atención y toma de muestras de casos sospechosos o confirmados de Covid-19, como así también en aquellas áreas en que haya un mayor riesgo de contagio”.
La autoridad de aplicación, “en coordinación con los demás ministerios y órganos de gobierno, sindicatos, empresas, universidades y organizaciones sociales” tendrá que establecer “protocolos de protección y capacitaciones destinados a la prevención del contagio de aquellas personas que cumplan con actividades y servicios esenciales que impliquen exposición al contagio de Covid-19”.
En lo que respecta al financiamiento, se indica que los gastos que demande la ley “serán atendidos con los recursos del presupuesto nacional, a cuyos fines el señor jefe de Gabinete de Ministros efectuará las reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias”.
Además, plantea que “la autoridad de aplicación podrá recibir donaciones de recursos financieros y materiales que realicen organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, organismos internacionales o de cooperación y organizaciones o entidades con fines de lucro con actividades en nuestro país”.
La “Ley Silvio” dispone la formación de un “equipo permanente de asesoramiento digital en materia de protección del personal de salud” a los establecimientos que así lo requieran; y también crea un “Registro Único de Personal de Salud contagiado por Covid-19” bajo la órbita del Sistema Nacional de Vigilancia de Salud, con el objetivo de mantener actualizada la información sobre los contagios en el personal de salud en tiempo real.
Aseguró que el sueldo de diputado nacional “no alcanza”. Así la diputada repudió lo ocurrido en el Senado y dijo que no es momento de modificar las dietas.
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