
El monotributo actualiza cuotas y límites en diciembre antes de la recategorización 2026
Actualidad15/12/2025
REDACCIÓN
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó una actualización de las escalas y de los límites de facturación del monotributo que rige durante diciembre, junto con precisiones sobre el proceso de recategorización previsto para febrero de 2026. La comunicación alcanza a todas las categorías y detalla los importes que se abonan antes del ajuste anual que deberán realizar los contribuyentes.


De acuerdo con los datos difundidos por el organismo, los valores de la cuota mensual presentan diferencias según la categoría y el tipo de actividad, con montos específicos para servicios y comercio. En el tramo inicial, la categoría A paga $37.085,74, mientras que la categoría B abona $42.216,41. En las categorías intermedias, la C asciende a $49.435,58 para servicios y $48.320,22 para comercio, y la D se ubica en $63.357,80 y $61.824,18, respectivamente.
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En los escalones superiores, los importes se incrementan de manera marcada. La categoría E fija $89.714,31 para servicios y $81.070,26 para comercio; la F llega a $112.906,59 y $97.291,54; y la G establece $172.457,38 para servicios y $118.920,05 para comercio. En el tramo alto, la H alcanza $391.400,62 y $238.038,48, la I $721.650,46 y $355.672,64, la J $874.069,29 y $434.895,92, y la K $1.208.890,60 para servicios y $525.732,01 para comercio.
ARCA recordó que no abonar el monotributo expone a los contribuyentes a sanciones legales y económicas, entre ellas la pérdida de cobertura previsional y de obra social, además de la imposibilidad de emitir facturas habilitadas. Por ese motivo, el organismo remarcó la importancia de mantener los pagos al día durante diciembre.
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En paralelo, la agencia confirmó que en febrero se activará la primera etapa del cronograma de recategorización 2026, dirigida a quienes superaron los límites de facturación de su categoría a lo largo de los últimos 12 meses. El trámite permite actualizar la situación fiscal para que los parámetros declarados reflejen la realidad de la actividad.
Para realizar la recategorización, ARCA indicó que deben considerarse los ingresos acumulados, el consumo de energía eléctrica, la superficie afectada a la actividad y los alquileres devengados, cuando corresponda. La evaluación de estos datos define la permanencia en la categoría actual o el pase a una nueva, asegurando el cumplimiento correcto de las obligaciones fiscales.
Fuente: NA.


















