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Por disconformidad con la escuela pública implementaron una modalidad virtual con una escuela de EEUU, que implica clases virtuales, y fueron denunciados.
Actualidad 11 de junio de 2024En un fallo histórico, el juez contravencional de Gral. Pico, La Pampa, Maximiliano Boga Doyhenard absolvió a dos padres acusados de "abandonar" la educación de su hijo al retirarlo de la escuela tradicional para educarlo en casa. La decisión judicial destaca la validez y profundidad del sistema de educación en casa utilizado por la familia, que ha generado un debate sobre los derechos educativos y las modalidades de enseñanza en Argentina.
El menor de ocho años comenzó a tener inasistencias reiteradas en el ciclo lectivo 2021, cuando asistía al JIN N° 2 de General Pico. Durante 2022 y 2023, no asistió a la escuela primaria pública N° 216 debido a que sus padres decidieron educarlo a través de home schooling, un sistema de escuela sombrilla del Royal Hollow School de Estados Unidos. Este sistema implica clases impartidas por profesoras particulares que asisten a domicilio y adaptan el contenido curricular conforme a lo establecido por el Ministerio de Educación.
La Denuncia y el Juicio
La denuncia fue presentada en marzo de 2023 por el Ministerio de Educación pampeano, argumentando que los padres habían incumplido con la educación formal del niño. El debate oral y público, presidido por el juez Boga Doyhenard, se desarrolló durante cuatro días con la participación del fiscal Francisco Cuenca y los defensores oficiales Mauro Fernández y Alejandro Piñeiro.
Argumentos de la Defensa
Los padres explicaron que optaron por la educación en casa por razones personales, religiosas, educativas y jurídicas. La madre mencionó temores por el bullying que sufrió su otro hijo y la baja calidad de la enseñanza en la escuela pública. El padre subrayó el derecho constitucional de elegir la educación de su hijo, destacando que la modalidad de educación en casa no está prohibida por la ley.
Posición de la Fiscalía
El fiscal Cuenca sostuvo que los padres violaron la Ley Nacional de Educación N° 26.206 y la Ley de Educación de La Pampa N° 2511, alegando que "el derecho a la educación es una obligación que está por encima de los deseos de los padres". Además, cuestionó la validez del sistema de escuela sombrilla al no estar aprobado por el Ministerio de Educación.
El Fallo del Juez
El juez Boga Doyhenard absolvió a los padres al considerar que "la Fiscalía no probó en absoluto" que se haya descuidado la educación del niño. El magistrado destacó que el sistema educativo escogido proporcionaba un contenido curricular más profundo y adecuado para la edad del menor. En su fallo, Boga Doyhenard afirmó: "No advierto en absoluto un déficit de socialización por no asistir presencialmente a la institución escolar, que sin dudas cumple un papel trascendental en ese aspecto de la formación de los niños".
Este fallo sienta un precedente importante en el reconocimiento y aceptación del home schooling en Argentina. La decisión refuerza el derecho de los padres a elegir el tipo de educación para sus hijos, siempre que se garantice una formación integral y de calidad. El caso ha generado un amplio debate sobre la flexibilidad del sistema educativo y la necesidad de adaptarse a las necesidades individuales de los estudiantes.
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