



DECLARAN QUE LA ACTIVIDAD AERONÁUTICA NO ES ESENCIAL
La Justicia laboral falló a favor de los Aeronavegantes, permitiendo la huelga en la actividad aeronáutica. La decisión es de primera instancia y será apelada.
Actualidad05/12/2024

La Justicia Nacional de Trabajo suspendió los decretos 825/24 y 831/24. El fallo declara que la actividad aeronáutica no es un servicio esencial. Esta decisión protege los derechos laborales de los tripulantes de cabina.
La medida responde a un amparo sindical presentado en septiembre. El gremio de Aeronavegantes buscaba frenar la restricción al derecho de huelga. La jueza Gabriela Cruz Devoto estuvo a cargo del dictamen.
El gremio denunció que los decretos afectaban derechos constitucionales. “El Gobierno buscaba limitar nuestro legítimo derecho a huelga”, afirmó Juan Pablo Brey, secretario general.
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El conflicto comenzó en medio de una disputa salarial. En septiembre, el Gobierno declaró esencial a la actividad aeronáutica. Esto fue para limitar huelgas y asambleas en el lugar de trabajo.
Los Aeronavegantes calificaron los decretos como lesivos. “Atentaban contra la Constitución y el marco protectorio del trabajo”, señalaron. La Justicia avaló este planteo y suspendió las normativas.
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La decisión refuerza decisiones de los aeronáuticos que incluyen la libertad de reunión, negociación colectiva y la huelga.



