DECLARAN QUE LA ACTIVIDAD AERONÁUTICA NO ES ESENCIAL

La Justicia laboral falló a favor de los Aeronavegantes, permitiendo la huelga en la actividad aeronáutica. La decisión es de primera instancia y será apelada.

Actualidad05/12/2024REDACCIÓNREDACCIÓN
aviones
aviones

La Justicia Nacional de Trabajo suspendió los decretos 825/24 y 831/24. El fallo declara que la actividad aeronáutica no es un servicio esencial. Esta decisión protege los derechos laborales de los tripulantes de cabina.

La medida responde a un amparo sindical presentado en septiembre. El gremio de Aeronavegantes buscaba frenar la restricción al derecho de huelga. La jueza Gabriela Cruz Devoto estuvo a cargo del dictamen.

El gremio denunció que los decretos afectaban derechos constitucionales. “El Gobierno buscaba limitar nuestro legítimo derecho a huelga”, afirmó Juan Pablo Brey, secretario general.

OTRAS NOTICIAS:

hugo moyanoMOYANO REGRESA A LA CGT: SE REARMA EL TRIUNVIRATO SINDICAL

El conflicto comenzó en medio de una disputa salarial. En septiembre, el Gobierno declaró esencial a la actividad aeronáutica. Esto fue para limitar huelgas y asambleas en el lugar de trabajo.

Los Aeronavegantes calificaron los decretos como lesivos. “Atentaban contra la Constitución y el marco protectorio del trabajo”, señalaron. La Justicia avaló este planteo y suspendió las normativas.

OTRAS NOTICIAS:

Accidente PerúTRAGEDIA EN PERÚ: ROCA GIGANTE APLASTÓ UNA CAMIONETA

La decisión refuerza decisiones de los aeronáuticos que incluyen la libertad de reunión, negociación colectiva y la huelga.

   

Te puede interesar
Lo más visto

Suscríbete al newsletter de #LA17