La Justicia desestimó la denuncia de Milei contra Pagni por calumnias e injurias

Policiales18/07/2025Sergio BustosSergio Bustos
eduardo farah
Eduardo Farah.

La Justicia volvió a desestimar la denuncia penal del presidente Javier Milei contra el periodista Carlos Pagni. Esta vez fue la Cámara Federal porteña la que confirmó el cierre del caso al considerar que los dichos del comunicador no configuran delito.

El fallo lleva la firma del camarista Eduardo Farah, quien rechazó la apelación presentada por el mandatario nacional. Ratificó así la decisión del juez Daniel Rafecas, quien el mes pasado había descartado la querella sin darle trámite.

“Los hechos objeto de querella no constituyen delito”, sentenció Farah. Argumentó que los dichos de Pagni se inscriben dentro de un debate público legítimo y que, en ningún caso, pueden considerarse injuriosos desde el punto de vista penal.

La polémica se originó a partir de un editorial en el que Pagni, según Milei, habría comparado su llegada al poder con la de Adolf Hitler. El Presidente denunció que la supuesta analogía atentaba contra su honra personal. Sin embargo, el juez Rafecas entendió que esa lectura no se ajustaba a los hechos.


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Farah coincidió con esa visión y fue categórico: “No surge de las expresiones del periodista una equiparación directa con los crímenes del nazismo ni una intención de atribuirle al denunciante propósitos, métodos o estrategias semejantes”.

El camarista destacó que la ley argentina es clara respecto a este tipo de conflictos. Las expresiones vinculadas a temas de interés público no pueden considerarse calumnias o injurias, incluso si son severas o despiertan controversia.

Además, el fallo recordó que tampoco se castigan penalmente las frases no asertivas, es decir, aquellas que no afirman hechos concretos sino que expresan opiniones, interpretaciones o valoraciones subjetivas sobre el escenario político.

Farah también se tomó un momento para reflexionar sobre el contexto que rodeó la denuncia. Mencionó los pronunciamientos internacionales que se generaron a raíz de la reacción del Presidente, incluyendo las expresiones de solidaridad de la DAIA, el presidente de Israel y otros referentes de la colectividad judía.

“Comparto plenamente la necesidad de no banalizar el Holocausto”, escribió. Pero remarcó que esa preocupación no puede interferir en el análisis jurídico de una causa penal que exige objetividad, pruebas y tipificación legal.


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En esa línea, sostuvo: “Nada, por más negativa que sea la visión sobre lo que pasa en el país, se asemeja a una política de exterminio como la del nazismo”. Aclaró que el respeto a la memoria histórica es indispensable, pero no puede usarse para justificar acciones judiciales improcedentes.

También reconoció que el Presidente pudo haberse sentido afectado. “Resulta razonable que algunas comparaciones generen malestar íntimo”, escribió. Sin embargo, aclaró que esa dimensión subjetiva no habilita, por sí sola, una causa penal.

Farah incluso hizo una advertencia sobre el rol del periodismo. Dijo que los periodistas no tienen carta blanca para dañar a terceros, pero subrayó que el Código Penal establece límites claros que deben respetarse, aún cuando la crítica sea incómoda para los funcionarios.

La decisión judicial no implica un aval político a los dichos de Pagni, sino una defensa del marco legal que regula la libertad de expresión. El fallo subraya que los representantes del pueblo deben tolerar un umbral mayor de cuestionamiento público que el resto de los ciudadanos.


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Desde el entorno presidencial anticiparon que Milei presentará un recurso de casación ante el máximo tribunal penal. Buscan que la Cámara Federal de Casación revoque la desestimación y habilite una instancia judicial contra el periodista.

Esa será la última oportunidad procesal para reabrir la causa. Si el tribunal superior confirma lo resuelto por Rafecas y Farah, el caso quedará definitivamente cerrado y sin posibilidad de revisión.

El fallo representa un nuevo límite judicial frente a los intentos del oficialismo de judicializar la crítica periodística. También marca una señal institucional sobre el respeto al derecho a opinar en el espacio público, aún con opiniones que resulten incómodas para el poder.

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