ENTIDADES EMPRESARIAS RECHAZAN FÓRMULA A APLICAR EN INDEMNIZACIONES POR DESPIDOS

IDEA, UIA, CAC, Adefa y el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires han presentado una solicitud conjunta a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para suspender la aplicación del Acta 2764 /22 en el cálculo de intereses en casos de indemnizaciones laborales por despidos.

Actualidad07 de julio de 2023Christian DeviaChristian Devia
Indemnización por despidos
Indemnización por despidos

En una acción coordinada, el Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA), la Unión Industrial Argentina (UIA), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Asociación de Fábricas de Automotores (Adefa) y el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires han presentado una nota ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el objetivo de suspender la vigencia del Acta 2764/22 en el cálculo de intereses en indemnizaciones laborales por despidos.

Las entidades manifiestan su profunda preocupación por los métodos de actualización utilizados en las sentencias laborales, los cuales consideran que generan perjuicios y distorsiones que muchas empresas no pueden afrontar. Según el reclamo presentado, el método de cálculo establecido en el acta produce resultados erráticos, inequitativos y con interpretaciones diversas, lo que afecta seriamente el principio de Seguridad Jurídica.

Para respaldar su solicitud, las entidades empresariales se basaron en informes elaborados por la Universidad de Buenos Aires y la UIA, este último verificado por la firma de auditoría PwC Argentina. Estos informes señalan las inconsistencias en el método de cálculo y han dado lugar a numerosos recursos de queja presentados ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por parte de las empresas afectadas.

A pesar de los recursos presentados, los procesos judiciales aparecen y las sentencias se ejecutan, ocasionando graves daños económicos a las compañías, quienes deben hacer frente a montos sustancialmente superiores a los vigentes antes de la publicación del acta en cuestión.

Las entidades empresariales advierten que esta situación perjudica gravemente a la industria, el comercio y los trabajadores en general, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, principales generadoras de empleo en el país. Además, argumentan que esta problemática afecta el derecho a la propiedad, la garantía de igualdad y el principio de seguridad jurídica.

Asimismo, destacaron que la acumulación de recursos en los tribunales genera retrasos en los casos que no se resolverán en tiempo y forma, lo que constituye un deterioro en el servicio de justicia para la población en general.

En cuanto a los argumentos técnicos, las entidades enfatizaron en los informes de la UBA y la UIA, señalando que el esquema de capitalización compuesto utilizado en el acta presenta asimetrías en su aplicación y que la tasa activa utilizada no guarda conexiones directas con la variación de Precios ni la evolución salarial de la economía. Además, cuestionan el uso de una tasa activa en una actualización de índole laboral, ya que su construcción involucra componentes de diferentes naturalezas y tiene objetivos relacionados con la estabilidad macroeconómica.

   

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