CAMBIOS EN IMPORTACIONES: QUE PASA CON AMAZON Y ALIBABA

Algunos rubros quedarán exceptuados de inscribirse en el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones, mercaderías ingresadas de Courier o de envíos postales.

Actualidad26 de diciembre de 2023Gladys VidelaGladys Videla
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio han anunciado oficialmente la implementación del nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) este martes, reemplazando así al Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIRA) instaurado durante la gestión del ex ministro de Economía, Sergio Massa.

Esta acción del nuevo Gobierno apunta hacia la desregulación del comercio exterior.

Si bien el nuevo marco normativo excluye la necesidad de licencias o permisos para importar, ciertos sectores quedaron exentos del nuevo registro, tales como los servicios conocidos como "puerta a puerta" y los couriers que facilitan la recepción de productos adquiridos en el extranjero a través de plataformas como Amazon, Alibaba, Tiendamia, entre otras, en el domicilio del consumidor.

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Estos sectores exentos incluyen:

a) Destinaciones de importación para consumo, realizadas en los regímenes de muestras, donaciones y franquicias diplomáticas.

b) Mercancías con franquicias de derechos y tributos.

c) Mercancías ingresadas bajo los regímenes de Courier o envíos postales.

d) Bienes amparados en el régimen de importaciones para insumos destinados a investigaciones científico-tecnológicas, enmarcados en el certificado previsto en el Artículo 4° de la Ley N° 25.613, e) Bienes procedentes del Área Aduanera Especial creada por la Ley N° 19.640, importados al territorio continental, así como operaciones de importación de bienes provenientes del territorio continental hacia dicha Área Aduanera Especial, y f) Todas aquellas mercancías que ingresen bajo las disposiciones de la Resolución General N° 3.628 de AFIP.

Al ser consultados por Infobae sobre los cambios en las mercancías ingresadas bajo el régimen de Courier o envíos postales, desde la Secretaría de Comercio explicaron: "Estas excepciones no están sujetas a completar una SEDI, pero deben respetar los procedimientos aduaneros establecidos en las diferentes normativas. Simplemente no requieren realizar esta declaración".

"En este momento no estamos modificando la normativa de courier, sino la de importaciones. Son dos aspectos distintos. La resolución publicada hoy se enfoca en la eliminación de SIRA y el sistema de licencias", agregaron.

El nuevo Gobierno está trabajando para levantar las restricciones al comercio exterior, que se han intensificado en los últimos años. Esto incluye el caso de las mercancías privadas que ingresan al país mediante el método "puerta a puerta".

El año pasado, el Banco Central eliminó la opción de financiar estas compras en cuotas debido a la escasez de reservas, y posteriormente redujo el límite máximo para este tipo de transacciones de USD 3.000 a USD 1.000. En realidad, esta normativa revirtió la que había estado vigente desde 2018, durante la gestión de Mauricio Macri, cuando el límite había pasado de USD 900 a USD 3.000, como parte de los pasos hacia la apertura comercial.

Además, los envíos no pueden superar los 50 kilos y se permite el ingreso de hasta tres unidades de un mismo artículo, sin propósitos comerciales en ningún caso. Hasta ahora, se permitían hasta cinco pedidos al año bajo este sistema.

En Uruguay, el límite permitido es de USD 200, mientras que en Bolivia y Paraguay es de USD 1.000, al igual que en Argentina. Sin embargo, en Colombia y Perú el límite asciende a USD 2.000, y en Brasil y Chile a USD 3.000. En Ecuador, los valores varían según la categoría, oscilando entre USD 400 y 5.000 dólares.
 
 
 
Infobae

   

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